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Multazo de 300 millones a Linkedin por prácticas publicitarias ilegales
La Autoridad de Protección de Datos de Irlanda concluye que la plataforma no cumple con las normativas de privacidad de la Unión Europea
La Autoridad de Protección de Datos de Irlanda (DPC, por sus siglas en inglés) ha impuesto una multa de 310 millones de euros a LinkedIn, la red social profesional propiedad de Microsoft, tras una investigación que concluyó que la plataforma no cumple con las normativas de privacidad de la Unión Europea (UE) en el tratamiento de datos personales con fines de publicidad dirigida. Esta investigación, que se inició tras una denuncia presentada en Francia, expone que LinkedIn utilizaba los datos de sus usuarios para analizar su comportamiento y ofrecer publicidad segmentada sin el debido consentimiento de los mismos.
La DPC ha señalado que el consentimiento de los usuarios de LinkedIn no fue obtenido de forma libre, suficientemente informada o específica, una condición esencial bajo el Reglamento General de Protección de Datos (GDPR, por sus siglas en inglés), la normativa de protección de datos de la UE. Según la entidad irlandesa, la legalidad en el tratamiento de los datos es uno de los pilares de la legislación europea sobre protección de datos, y procesar información personal sin una base jurídica adecuada constituye una grave violación del derecho fundamental de los usuarios a la privacidad y protección de su información.
Un nuevo capítulo
La DPC ordenó también que LinkedIn ajuste sus prácticas de tratamiento de datos para alinearse con los requerimientos legales de la normativa comunitaria, subrayando la necesidad de cambios específicos en sus prácticas publicitarias.
La multa y la orden de corrección representan un nuevo capítulo en la creciente vigilancia y regulación de las grandes plataformas tecnológicas por parte de las autoridades de protección de datos en Europa, que buscan garantizar que los derechos de privacidad de los usuarios estén protegidos ante el poder y el alcance de estas empresas.
LinkedIn violaba los derechos de privacidad
El análisis detallado de la DPC determinó que LinkedIn violaba los derechos de privacidad de los usuarios al recolectar y procesar sus datos sin un consentimiento claro para ser utilizados en prácticas de publicidad dirigida. Este fallo se suma a una serie de investigaciones recientes que demuestran que las autoridades europeas no están dispuestas a tolerar incumplimientos de las normativas de privacidad, particularmente en lo referente a la explotación comercial de los datos personales de los usuarios.
En un comunicado, la DPC enfatizó que “la legalidad del tratamiento es un aspecto fundamental de la legislación sobre protección de datos y el tratamiento de datos personales sin una base jurídica adecuada constituye una clara y grave violación del derecho fundamental del interesado a la protección de datos”.
La respuesta de LinkedIn
Por su parte, LinkedIn ha respondido a esta sanción indicando que siempre ha creído que sus prácticas cumplían con el GDPR, pero que se encuentra trabajando en colaboración con las autoridades para asegurar que sus actividades publicitarias respeten plenamente los estándares europeos. “Aunque no estamos de acuerdo con todos los aspectos de la decisión, estamos comprometidos a hacer los ajustes necesarios”, afirmó un portavoz de la compañía.
Esta sanción representa un recordatorio para las empresas tecnológicas sobre la importancia de contar con el consentimiento informado de sus usuarios antes de procesar sus datos con fines comerciales. La decisión de la DPC podría sentar precedentes y fortalecer la postura reguladora de la UE frente a las prácticas de las grandes tecnológicas, que cada vez son objeto de un mayor escrutinio. Además, reafirma la influencia del GDPR como marco regulador robusto y efectivo, que busca equilibrar el poder de los gigantes tecnológicos con los derechos de los ciudadanos europeos a la privacidad y protección de sus datos.
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