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Los vecinos podrán vetar los pisos turísticos con una mayoría de tres quintos

La patronal ha criticado la medida y ha apuntado que la gente quizá no podría tener vacaciones si no existieran este tipo de alojamientos

Pisos de uso turístico en Valencia / ROBER SOLSONA - EUROPA PRESS
Pisos de uso turístico en Valencia / ROBER SOLSONA - EUROPA PRESS

Los propietarios de pisos turísticos han recibio un nuevo varapalo: el Tribunal Supremo ha avalado que las comunidades de propietarios prohíban por mayoría de tres quintos los alquileres turísticos, descartando así que deba acordarse por unanimidad, como se venía interpretando hasta ahora en la mayoría de las audiencias provinciales.

De este modo, los vecinos tendrán mayor capacidad de limitar la existencia de estos pisos (en el ojo del huracán por su contribución a la crisis de la vivienda que sufre España) en sus bloques. El Pleno de la Sala de lo Civil ha dictado, por unanimidad, dos sentencias en las que por primera vez se pronuncia sobre la interpretación y aplicación del artículo 17.12 de la Ley de Propiedad Horizontal (LPH), introducido por un real decreto de 2019.

Tres quintas partes de los propietarios

Dicho precepto establece que "el acuerdo por el que se limite o condicione el ejercicio de la actividad (...) requerirá el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, representen las tres quintas partes de las cuotas de participación".

Una reunión de vecinos / FREEPIK
Una reunión de vecinos / FREEPIK

Estas dos sentencias resuelven la controversia entre las audiencias provinciales, evidenciada en los dos asuntos sobre los que ahora falla el Tribunal Supremo y que resolvieron en sentido opuesto.

Limitar no excluye prohibir

El Supremo concluye que, atendiendo al criterio gramatical, semántico y a su literalidad, el término "limitar" no excluye la prohibición. "Esa conclusión se ve confirmada atendiendo al criterio teleológico, el espíritu y finalidad del RDL 7/2019, que se expresa en su preámbulo que justifica la adopción de medidas urgentes en las dificultades de acceso a la vivienda de alquiler por el incremento de las rentas debido, entre otros factores, al fenómeno creciente del alquiler turístico", indica la Sala Primera en una nota de prensa.

Los magistrados consideran, además, que "la atribución de esta facultad de prohibición con la mayoría reforzada es una medida proporcionada a los intereses en conflicto". La ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, ha valorado positivamente la sentencia del Tribunal Supremo. A través de un mensaje en sus redes sociales, la titular ministra ha indicado que esta sentencia "empodera" a los vecinos en las ciudades y va en la línea de las reformas emprendidas por el Gobierno, con las que se buscan "primar la vivienda residencial frente a otros modelos".

Un alojamiento de Airbnb / UNSPLASH
Un alojamiento de Airbnb / UNSPLASH

Críticas de la patronal

Por su parte, el vicepresidente de la Federación Española de Asociaciones de Viviendas y Apartamentos Turísticos (Fevitur), Asier Pereda, ha señalado que mucha gente "igual no podría tener vacaciones" si no existieran viviendas de uso turístico.

Pereda, que ha participado en una jornada sobre el presente y el futuro del turismo organizada por el Grupo Parlamentario Popular en el Congreso, ha defendido que también existen viviendas de uso turístico con estándares asimilables a los de los mejores hoteles, pero que también es necesario disponer de oferta de otros niveles adquisitivos porque es necesario "llenar el avión" no solo con "los que van en las cuatro primeras filas".

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