Loading...

¡Que no te engañen! Cobrar un extra por corregir el nombre en un billete de avión es ilegal

La AEPD ha dictado una resolución en la que aboga por el derecho de los usuarios a rectificar y corregir erratas gratuitamente

Ana Siles

Un pasajero con el billete de una de las aerolíneas más conocidas / PIXABAY

La Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) lo deja claro. A partir de ahora, ni las aerolíneas ni las agencias de viajes pueden cobrar al cliente por corregir una errata.

Se trata de una práctica realizada frecuentemente y sin la cual no se permitía volar a los pasajeros. 

Derecho de rectificación 

La AEPD ha dictado recientemente una resolución de procedimiento sancionador que acaba con el cobro a los pasajeros aéreos por rectificar su nombre cuando se ha producido un error ortográfico o tipográfico en las contrataciones online

Una mujer planifica sus vacaciones de verano / PIXABAY

Cuando un pasajero comete una errata al comprar unos billetes, debe ejercitar el derecho de rectificación de sus datos personales. Se trata de un derecho por lo que esta rectificación debe ser gratuita, salvo en casos infundados o excesivos. 

El DNI como prueba

Para demostrar que la corrección no es un cambio de pasajero se deberá adjuntar como prueba una copia del DNI o el documento que acredita su identidad

La Agencia recuerda que el cambio de pasajero en el transporte aéreo en algunos casos no está permitido y, en otros, puede estar sujeto a un coste equivalente a comprar un nuevo billete. El Centro Europeo del Consumidor en España recomienda informarse siempre sobre los términos y condiciones de la aerolínea antes de comprar el billete.