“La mayoría de las veces, cuando se hace un seguro de vida es para contratar una hipoteca”, explica Urtzi González, abogado de Sanahuja Miranda Abogados. Por ello, se considera un trámite, “algo que hay que hacer rápido porque es pesado y aburrido”, afirma el profesional. Esta urgencia, combinada con la falta de atención, hace que, en un futuro, muchos clientes olviden las situaciones que les cubre el servicio. Y las aseguradoras no lo van a recordar.
Una mujer de Valencia, de 34 años, nota un bulto en el pecho. Es cáncer. Se somete a sesiones de radio y toda la odisea que supone encajar un golpe así. Ella, como muchos, contrató un seguro de vida por la hipoteca de su casa. Ella, como otros tantos, no iba a reclamar nada a la compañía por sufrir dicha enfermedad. Desconocía que podía hacerlo. Pero, un día, un conocido le explica que el seguro podía cubrir la invalidez. Así que consultó a la aseguradora si su póliza asumía estos casos. La han indemnizado con 30.000 euros.
Incapacidad total y absoluta
Los casos son muy diversos y siempre habrá alguna que otra excepción. No obstante, el seguro de vida cubre: invalidez, incapacidad absoluta, incapacidad temporal por accidente y fallecimiento, tal y como corrobora Toni Pastor, abogado y socio del despacho Círculo Legal Barcelona. En estas situaciones, la compañía se debe hacer cargo de una pensión complementaria o bien de un pago único, en función de las circunstancias.
Como señala González, el tribunal médico es quien reconoce la invalidez y, a partir de ahí, el cliente puede recibir tanto la pensión de la seguridad social --cuya cantidad depende del suelo que se tenga-- como la compensación de la compañía privada. Aunque, como afirma este abogado, “pocas aseguradoras serias pagan; siempre se intentan escaquear”. Otro detalle que no se debe olvidar es que el asegurado “tiene un período de cinco años para reclamar una compensación”.
El periplo por cobrar la indemnización
Las compañías de seguros no dejan nada al azar y se cercioran de pagar siempre “lo menos posible”, como corrobora González. Por ello, el proceso de reclamar una indemnización suele ser muy largo. “De media, se tarda entre un año y un año y medio”, afirma el abogado. Según él, “primero se reclama y, al cabo de dos o tres meses, se obtiene la respuesta”. “Puede que estén dispuestos a pagar, que no digan nada o que no quieran costear el servicio. Tanto si no quieren, como si no contestan, se tramita el caso por vía judicial”, explica. Cuando se aborda por este medio, “se tarda casi un año, ya que está la sentencia de primera instancia y, después, cualquiera de las dos partes puede reclamar”.
Este periplo de burofaxes hace que muchos tiren la toalla y no intenten reclamar. “Sobre todo gente mayor, ya que muchos tienen reparos en de ir a juicio”, afirma el especialista. Además, González explica que hay más gente que cede a la decisión de la compañía en comparación con la que reclama hasta el final. “Y las aseguradoras, año tras año, se ahorran un montón de dinero”, afirma.
“La mayoría de seguros de vida excluyen enfermedades por pandemia”, señala González; no obstante, “están pagando por defunción”. Aunque podrían no cubrir, esta vez las compañías de seguros se están comportando y, como señala el abogado, en lo que va de pandemia no ha “reportado ningún problema”: “Cuando se hacen las cosas mal se tiene que decir, pero cuando las hacen bien, también”.
Durante el 2020, el Ministerio de Justicia recibió 305.244 consultas de afectados para saber si sus allegados eran beneficiarios de algún seguro de vida. Esta cifra supone 81.000 peticiones más que en 2019, un aumento del 31,2%, sin duda influido por los fallecimientos provocados por la pandemia.