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Multazo a Vodafone por una portabilidad no deseada y consultar el crédito de una persona sin permiso
La compañía telefónica abona 176.000 euros y defiende que no ha incurrido en prácticas irregulares en ninguno de los dos casos
Vodafone ha abonado una multa de 176.000 euros en dos procedimientos distintos tras recibir sendas multas de la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD). Los motivos, un cliente afectado por una suplantación de identidad que terminó en una portabilidad no deseada y la consulta sin autorización de los datos de un ciudadano de un fichero de historial crediticio.
El operador se ha acogido a la renuncia a interponer un recurso para rebajar las sanciones, si bien las ha abonado sin reconocer la infracción de las que se le acusa.
Una portabilidad indeseada
En el primer de los casos, ha recibido una sanción de 136.000 euros después de que un cliente asegurara haber establecido una verificación de dos pasos sobre sus datos tras haber sufrido una suplantación de identidad y que no se aplicara.
Esto derivó en una posterior consulta a sus datos de una tercera persona y en una portabilidad no deseada a Lowi, que el operador canceló tras la denuncia, así como en un intento de acceso a la cuenta bancaria del denunciante, también bloqueada.
Vodafone se defiende
Fuentes de la compañía aseguran que la empresa aplicó las políticas de seguridad sobre los datos del cliente adecuadamente, pero la suplantación de identidad se produjo por vías ajenas a la empresa.
Asimismo, también ha subrayado que actuó con "la mayor celeridad y diligencia posible" en cuanto se detectó el fraude, ya que declaró las altas como fraudulentas y devolvió las cuantías al cliente.
“Un error puntual”
La segunda de las sanciones se ha impuesto a Vodafone ONO, que ha pagado 40.000 euros por consultar un fichero de la Asociación Nacional de Establecimientos Financieros de Crédito (ASNEF) de una persona que no era cliente, ni tenía ningún contrato comercial con el operador.
Desde Vodafone, atribuyen la consulta a un error puntual y ha asegurado que no se utilizaron los datos del reclamante para ninguna finalidad ni en beneficio de la empresa. "No se puede entender que ésta sea una práctica irregular de la compañía", subrayan las fuentes.
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