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Si recibes llamadas comerciales más tarde de esta hora, puedes denunciarlo: cómo y cuándo reclamar
Los expertos recuerdan que las compañías tienen un horario fijo para realizar sus comunicaciones, y creen que la ciudadanía no protesta lo suficiente
Quizá las tres primeras veces, la respuesta sea educada. “No estoy interesado, muchas gracias”. “Estoy contento con lo que tengo, gracias”. “Lo siento, no me interesa”. Puede que, a la cuarta y la quinta, el tono sea más cortante. “No, no, adiós”. “Ya os he dicho que no me interesa, no me llaméis más”. Es probable que, a partir de la sexta, el receptor de la llamada pida “dejadme en paz de una vez”, profiera algún insulto irreproducible en este medio y que, como María Jiménez, proclame que “se acabó”. “Porque yo me lo propuse y sufrí”.
De grandes eléctricas, de bancos, de compañías telefónicas que dicen tener una oferta inmejorable, de unos agentes que quieren renovar un contrato que en teoría ha caducado o de unos inversores que ofrecen una oportunidad única para ganar dinero… La mayoría de los consumidores reciben o han recibido llamadas telefónicas comerciales que pueden ser insoportables. Lo que muchos no saben es que, además de molestas, a partir de cierta hora son ilegales y es posible combatirlas.
Las llamadas sólo se permiten de 9 a 21 horas
Tal y como establece la última modificación del Texto Refundido de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios, las empresas tienen un horario fijo para ofrecer sus productos por vía telefónica (tanto al móvil como al fijo): solo pueden llamar entre las 9 de la mañana y las 21 de la noche en días laborales. Si lo hacen fuera de ese horario o en cualquier momento de los festivos o de los fines de semana, están cometiendo una ilegalidad. En esa misma norma se dice que “el consumidor y usuario tendrá derecho a oponerse a recibir ofertas comerciales no deseadas, por teléfono, fax u otros medios de comunicación equivalente”, pero no siempre es así de sencillo.
En redes sociales abundan las quejas por este motivo. “Lo que recibo son vuestras llamadas comerciales. La de hoy casi a las 10 de la noche. ¡Ya vale!”, escribió un tuitero citando a MásMóvil. “Buenas noches, ¿os parece normal recibir llamadas comerciales de vuestro departamento a estas horas? (21:54 de la noche) Y, sobre todo, ¿recibirlas estando en la Lista Robinson? Al final os ganáis una denuncia”, denunció otro a Jazztel. Todas las grandes telefónicas tienen su cuota de críticas por este motivo.
Más de 40 números bloqueados
Lucía Higueras cuenta a este medio que pasó dos semanas “recibiendo 5 y 6 llamadas comerciales diarias, desde las 8 de la mañana hasta las 10 de la noche”. En ese periodo, afirma, sumó más de 40 números bloqueados. Después regresó a la Lista Robison, en la que había estado un tiempo, cambió algunas preferencias y desde entonces no he recibido más telefonazos. “Sí es cierto que esas llamadas fuera de horario me las hicieron más al teléfono fijo”, cuenta Higueras.
Ante semejante bombardeo, Higueras cuenta que la mayoría de las veces optaba por no contestar, pero reconoce que, cuando lo hacía, la mayoría “solían ser de compañías de teléfono, y alguna compañía de electricidad (en este caso creo que fraudes más que otra cosa). De las llamadas de empresas de telefonía, las más insistentes son las de Vodafone”, opina.
Instrumentos para demandar
Gonzalo Oliver es especialista en Privacidad, Ciberseguridad y Protección de Datos, además de socio de la Asociación Española de Delegados de Protección de Datos. Este experto cuenta a Consumidor Global que el ciudadano medio “muchas veces no es consciente de los instrumentos que tenemos a nuestro alcance para demandar estas llamadas comerciales”.
En su ámbito profesional, afirma, él se muestra implacable, y cita el artículo 48 de la Ley General de Telecomunicaciones (que en junio de este año tendrá una nueva actualización por la que subirá el importe de las multas). Dicho artículo, explica Oliver, establece que las empresas deben filtrar y eliminar de sus listas a los usuarios que estén inscritos en sistemas de exclusión publicitaria (como la Lista de Robinson) antes de contactarles, y solo podrán efectuar llamadas comerciales si tienen una relación contractual previa o si el consumidor ha dado su consentimiento. Si no, no pueden hacerlo, sea la hora que sea. “Si no hay relación o consentimiento, es denunciable”, afirma este experto.
Certificado de Inscripción a la Aepd
Ahora bien, no basta con reclamar a la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) y alegar que uno está inscrito en la Lista Robinson. Hay que demostrarlo. “Los que vayan a demandar deben solicitar a la Lista que expida un certificado de inscripción, que es una prueba que demuestra que el usuario está inscrito”, señala.
Para evitar las sanciones, reconoce Oliver, muchas grandes compañías subcontratan los servicios de contratación de clientes. De hecho, en ocasiones, estos call-centers están situados fuera de la Unión Europea, donde no llega la legislación sobre tratamiento de datos. Eso les permite cierta barra libre. “Muchas de estas empresas no se toman la molestia de revisar si el usuario aparece en las listas de exclusión publicitaria”, afirma Oliver.
Registro de Numeración de Telecomunicaciones
Ante el bombardeo de llamadas, este especialista indica que lo primero es conocer cómo se ha identificado la persona llamante: si dice ser de Vodafone, de Endesa… Después, cabe la posibilidad de buscar qué entidad hay realmente detrás de ese número: se puede escudriñar en el Registro de Numeración de Telecomunicaciones de la CNMC. Este fichero es una suerte de suero de la verdad, de inventario detectivesco: si un teléfono raro dice ser de Endesa pero en realidad es de Aldro Energía, el registro lo revelará. “Así se puede demostrar si alguien se hace pasar por otra compañía”, dice Oliver.
Además de la AEPD, Oliver explica que recientemente se ha creado un nuevo ente al que el consumidor tiene la oportunidad de acudir: el Jurado de la Publicidad, organismo extrajudicial creado por Autocontrol encargado de resolver controversias y reclamaciones en materia publicitaria. Tiene, explica Oliver, un plazo de 30 días para resolver las resoluciones. Si no se llega a un acuerdo por esta vía, el asunto se remite a la AEPD.
Opciones de ganar una demanda
Que las empresas tengan sus tretas para bombardear al consumidor no significa que sus subcontratas no reciban, de vez en cuando, un buen castigo. De hecho, Oliver cree que las opciones que tiene un consumidor de ganar una demanda si recibe llamadas comerciales ilegales y lo demuestra bien son de hasta un 90 %.
Un repaso por la web de la AEPD invita a un cierto optimismo: 30.000 euros de multa a la empresa Casmar Telecom por llamar insistentemente a un inscrito en la Lista Robinson, otras dos sanciones del mismo importe a dos empresas de telemarketing que actuaban para Orange… Además, a finales de 2022, un juzgado condenó a Vodafone a indemnizar con 6.000 euros a un usuario al que molestaba con llamadas comerciales a deshora. Y ahora ya, mi mundo es otro.
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