Renfe es conocida por su compromiso de puntualidad. Así, si se producen retrasos, la compañía ferroviaria indemniza todo o parte del billete según el tipo de tren y el tiempo de demora. Si el retraso es de 15 minutos o más para trenes AVE, se devuelve el 50 % del billete, igual que si es de 30 minutos o más para los trenes Alvia, Euromed, o de 60 minutos para los Avlo e Intercity.
En cambio, si la demora supera la media hora para los trenes AVE, la hora completa para los Alvia y Euromed, o la hora y media para el resto de trenes, la cuantía a solicitar es del 100 % del coste del billete. Pero, ¿qué ocurre cuando el retraso se produce por culpa de los viajeros?
Casi 700 euros por retrasar un tren
Un juzgado de Madrid ha condenado a 11 hombres a pagar a Renfe 7.676 euros a repartir (es decir, 697,82 euros cada uno) por provocar el retraso de un AVE Madrid-Málaga. Esa cantidad coincide con la que la compañía tuvo que pagar a los 216 viajeros en concepto de indemnización por culpa de los 23 minutos de retraso con los que el tren llegó a la estación de Málaga.
Se trataba de una despedida de soltero y la sentencia declaró responsables del retraso a los once hombres por haberse negado a abandonar el tren en la estación de Córdoba, “después de comportarse de manera descontrolada en la cafetería del tren”.
Una despedida de soltero
La sentencia reproduce el escrito de demanda de Renfe, según el cual el 6 de julio de 2018 los once codemandados, que celebraban una despedida de soltero a bordo de un AVE que partió de Madrid con destino Málaga, "alteraron de manera cada vez más intensa el orden dentro del tren, gritando, cantando y golpeando las paredes del tren, haciendo caso omiso de las indicaciones y llamadas de atención del personal de Renfe".
El interventor de seguridad pidió el desalojo del grupo. Sin embargo, una vez que el tren se detuvo en Córdoba “los demandados aprovecharon para escalar de manera definitiva su fiesta particular en la cafetería del tren, donde se encontraban bebiendo, bailando, cantando y gritando a todo volumen y de manera totalmente descontrolada”, señala la sentencia.
Intervención de la Policía Nacional
Finalmente, el interventor se vio obligado a solicitar la asistencia de la Policía Nacional, donde enviaron una dotación que finalmente logró que los once implicados abandonaran el tren.
Por ello, el Juzgado considera que la responsabilidad civil de los demandados ha quedado acreditada y exime de concurrencia de culpas a Renfe, pues no está “obligada a contratar personal de seguridad, ni puede cerrar la cafetería en perjuicio de otros viajeros, ni puede determinar, al tiempo en que se adquiere un billete de tren, si los viajeros tienen la intención de celebrar algún evento en el interior del AVE”.