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La DGT advierte: está terminantemente prohibido circular con el patinete por la acera
La Dirección General de Tráfico comunica las indicaciones para evitar riesgos y cualquier tipo de sanciones con el vehículo eléctrico
Una acción cotidiana y sencilla como pasear por la acera puede, sin embargo, conllevar múltiples riesgos. Hay uno que se ha sumado a la lista: los patinetes eléctricos. Estos Vehículos de Movilidad Personal (VMP) dotados de una única plaza y propulsados exclusivamente por motores eléctricos con una velocidad máxima por diseño comprendida entre 6 y 25 km/h, aunque algunos trucados consiguen más impulso. Y claro, en la acera cuando circula puede provocar un grave accidente. Por ello, la Dirección General de Tráfico se ha visto obligada a dar indicaciones al respecto.
En 2020, se registraron ocho fallecidos que viajaban en este tipo de vehículos, siete de ellos en vías urbanas y uno en interurbana, carreteras donde su uso está prohibido. “Está prohibido que los VMP vayan por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las vías autorizadas para circular las indicará una ordenanza municipal. Si no la hubiera, se permitiría la circulación por cualquier calzada urbana”, informan desde la DGT.
Recordando la norma
Según el Reglamento General de Vehículos, los patinetes eléctricos sólo pueden estar equipados con un asiento o sillín si están dotados de sistema de autoequilibrado. Asimismo, la administración recuerda que los conductores están sometidos a las mismas tasas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, así como a la prohibición de conducir con presencia de drogas en el organismo.
“Tampoco pueden llevar auriculares puestos, ni hacer uso del móvil o cualquier otro dispositivo mientras van conduciendo”, matizan desde la DGT. En la reciente Ley de Tráfico se establece la obligación a los conductores de VMP, de utilizar casco de protección, en los términos que reglamentariamente se determine. La DGT está ya trabajando en este desarrollo normativo de forma conjunta con los ayuntamientos y con los actores implicados.
Infracciones y sanciones
Conducir en patinete eléctrico bajo los efectos del alcohol y otras drogas puede acarrear una multa entre 500 y 1.000 euros en función de la tasa de alcohol o de 1.000 euros si se trata de drogas. En caso de dar positivo, además, el vehículo quedará inmovilizado, tal y como ocurre con el resto de vehículos.
Por usar el teléfono móvil mientras se conduce un patinete o cualquier otro dispositivo de comunicación, la multa será de 200 euros. Para quienes lleven auriculares, conduzcan durante la noche sin alumbrado o prendas reflectantes, o si no se lleva casco, si la ordenanza municipal contempla esta medida como obligatoria, la multa será de 200 euros.
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