¿Hay que declarar a Hacienda el cheque-ayuda de 200 euros?

Esta bonificación se podrá solicitar desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo, y consistirá en un pago único

Una oficina de la Agencia Tributaria / EUROPA PRESS - MARTA FERNANDEZ
Una oficina de la Agencia Tributaria / EUROPA PRESS - MARTA FERNANDEZ

El pasado 27 de diciembre, el Gobierno aprobó un nuevo cheque de 200 euros dedicado, en teoría, a la compra de alimentos. La medida pretende combatir el alza continuada de los precios y se podrá solicitar desde el próximo 15 de febrero. Entre las dudas que ha suscitado, muchos consumidores se han planteado si será necesario declararlo a Hacienda.

Lo cierto es que es una renta exenta de tributación, por lo que no será necesario hacerlo. Sin embargo, las personas que la obtengan sí deberán presentar, entre abril y junio de 2024, la Declaración de la Renta copresidente al ejercicio de 2023.

Requisitos para obtener la ayuda

No podrán recibir esta ayuda las personas que reciban prestaciones como el Ingreso Mínimo Vital, pensiones abonadas por el Régimen General y los Regímenes especiales de la Seguridad Social o por el Régimen de Clases Pasivas del Estado. Tampoco podrán optar al cheque los administradores de derecho de una sociedad mercantil que no hubiesen cesado en su actividad a 31 de diciembre de 2022.

La ministra de Hacienda, María Jesús Montero / EP
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero / EP
 

Además, los beneficiarios deberán tener su residencia habitual en España y haber ganado ingresos íntegros inferiores a 27.000 euros anuales. Su patrimonio debe ser inferior a 75.000 euros, y la vivienda habitual está excluida. En total, el Gobierno espera que la ayuda llegue a 4,2 millones de hogares.

Plazo para solicitar el cheque

En cuanto al plazo, los solicitantes de la ayuda tendrán un mes y medio para pedir este pago único de 200 euros: desde el 15 de febrero hasta el 31 de marzo.

Se deberá rellenar un formulario de la Agencia Tributaria, con la cl@ve o certificado electrónico, y especificar el número de la cuenta bancaria en la que se quiere recibir la transferencia. Si el solicitante no recibe la ayuda, tendrá diez días presentar alegaciones.

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