Carrefour tendrá que despedirse de su tarjeta revolving Carrefour Pass. La Audiencia Provincial de Madrid ha desestimado el recurso de apelación interpuesto por Servicios Financieros Carrefour contra la sentencia del juzgado de Primera Instancia 102 de Madrid, que condenaba a la entidad a anular el contrato de su Carrefour Pass.
Ya la primera sentencia declaró la cláusula de interés de esta tarjeta como abusiva, pactada al 21,99 % TAE, y subrayó la falta de transparencia de la misma. Sin embargo, la compañía recurrió dicha sentencia, un movimiento que ha desestimado la Audiencia Provincial.
Poca transparencia
La sentencia del Tribunal Supremo del 4 de marzo de 2020 admitía el control de transparencia en las cláusulas relativas al interés remuneratorio y otra reciente sentencia del mismo tribunal, con fecha 21 de enero de 2021, sentó jurisprudencia sobre la exigencia de control de incorporación en toda clase de contratos y, además, de transparencia reforzada en la contratación con consumidores. La información sobre la proporción de pago de amrotización de capital y los intereses no siempre es comprensible durante la primera lectura por parte del cliente.
"Las consecuencias económicas (de esta tarjeta) no son las derivadas del pago de la cantidad dispueta más los intereses de aquella suma, sino las correspondientes al precio del servicio o prestación, sus intereses y los intereses de los intereses", subraya el equipo jurídico de Don Recuperador que ha representado en este caso a la persona afectada.