Pablo es un niño que tiene Trastorno del Espectro Autista (TEA) y que a todos los sitios a los que acude va acompañado de Xouba, su perro de asistencia. El pasado lunes el pequeño, su fiel amigo y su familia acudieron a un supermercado Carrefour de Valencia. El animal, que llevaba el chaleco identificativo y el certificado correspondiente, es imprescindible para el menor, al sufrir crisis de ansiedad.
Según relata el padre del niño, Alejandro Amblar, todo ocurrió cuando al llegar a la puerta, un vigilante de seguridad les impidió el paso y les dijo que no podían entrar con el perro, alegando que era una norma de la empresa. El hombre intentó explicarle que se trataba de un perro de asistencia, no de un animal de compañía, y que tenía derecho a acceder con él a cualquier espacio público, según la ley vigente. Sin embargo, el vigilante se mostró inflexible y las explicaciones de Amblar cayeron en saco roto.
La policía desconoce la legislación
El padre llamó entonces a la policía local que envió una patrulla. No obstante, los agentes desconocían la legislación e ignoraron las explicaciones de la familia. Amblar, indignado, se fue del centro comercial y ha interpuesto la pertinente denuncia en la comisaría de Policía Nacional para que quede constancia de lo ocurrido, además de tramitar una queja en la oficina del consumidor.
En la denuncia presentada consta que cuando “quisieron acceder al establecimiento el vigilante de seguridad, tras seguir las instrucciones de la responsable de recursos humanos no permitió acceder al perro guía autorizado porque, según ellos, la norma no permite el acceso de dichos animales cuando se utilizan de acompañamiento de personas que sufren dicho trastorno”.
La ley sí lo permite
La Ley 12/2003 del 10 de abril de la Generalitat Valenciana sobre perros de asistencia para personas con discapacidades ampara a la familia y el decreto del Consell 167/2006 de 3 de noviembre desarrolla la ley y especifica que una persona con discapacidad y su perro de asistencia puede acceder a lugares públicos.
“Una persona con discapacidad y su perro de asistencia puede acceder a lugares públicos o de uso público como centros de ocio, residencias, centros sanitarios públicos y privados, instalaciones deportivas, centros de enseñanza, museos, bibliotecas, cines, almacenes, establecimientos mercantiles, turísticos y hoteleros, centros comerciales, etc. Así como en todos los transportes públicos o que estén sometidos a la competencia de la Comunitat”, determina la ley.
Carrefour pide disculpas
Prohibir la entrada a un lugar donde cualquier otra persona sin discapacidad pueda entrar implica una discriminación. Por ello, apenas unas horas después de haber interpuesto la denuncia, Alejandro Amblar recibió la llamada del director del centro comercial Carrefour pidiéndole disculpas por lo ocurrido.
“Para mí es indignante que una empresa discrimine a las personas con discapacidad, pero más grave es el desconocimiento de la legislación por parte de la policía local, ya que la patrulla que vino me dijo que la empresa estaba en su derecho de negar el acceso”, considera Amblar.