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¿Tienes una mascota? Las 5 claves de la ley de protección animal
El Consejo de Ministros ha aprobado un anteproyecto que busca regular los derechos de los animales
Habemus al anteproyecto de la ley de protección animal. El Consejo de Ministros ha aprobado la primera norma en regular a nivel estatal los derechos de los animales para garantizar su bienestar.
De esta manera, se declara que todos los animales son “seres sintientes” y responde a la “creciente sensibilidad” hacia estos que hay en España. No obstante, este proyecto todavía debe pasar por el Congreso y por el Senado y puede, por consiguiente, sufrir algunos cambios.
1- Requisitos y condiciones
El texto se centra en los animales de compañía o mascotas, para los cuales se prevé crear un listado positivo en el que se incluirán aquellos animales que cumplan una serie de requisitos.
Entre estas condiciones están que sean “fáciles de mantener en cautividad” o que sus alojamientos “reúnan las condiciones para que puedan desarrollar adecuadamente sus necesidades fisiológicas, etológicas y ecológicas básicas”.
2- Venta y cesión de animales
Está prohibida la venta de animales en tiendas de mascotas, donde tampoco se podrán exponer al público, y se limita la venta a los criadores profesionales autorizados para la cría.
Mientras, la cesión de animales entre particulares deberá ser “en todo caso, gratuita y quedar reflejada por contrato”.
3- Un curso para tener una mascota
Quienes deseen adoptar o adquirir un animal deberán cursar primero una formación en tenencia responsable reglamentada que eduque al potencial dueño en la convivencia que garantice el bienestar del animal.
Asimismo, el anteproyecto de ley fija diferentes niveles de sanción en caso de infracciones: para las leves, la multa podrá ser de entre 600 y 30.000 euros; para las graves, entre 30.001 y 100.000 euros; y, para las muy graves, entre 100.001 y 600.000 euros.
4- Inhabilitaciones de hasta 10 años
Las personas que vulneren las medidas contempladas en la ley podrán además ser inhabilitadas para la tenencia y para las actividades relacionadas con animales (cría, comercialización, asistencia veterinaria, etc) entre cinco y 10 años, si la infracción es muy grave.
Por otro lado, se prohíbe la exhibición de animales para fines comerciales, así como su participación de animales en cabalgatas, belenes y procesiones; mientras que se regula su aparición en romerías y ferias y se impone la asistencia en los concursos de, al menos, una persona licenciada o con grado en veterinaria y una persona con titulación de auxiliar veterinario para atender al animal.
5- Los toros, fuera de la ley
Se reconocen los gatos comunitarios en ciudades y pueblos como colonias felinas que deberán gestionarse de manera ética, responsabilidad que recae sobre los ayuntamientos, si bien las comunidades autónomas deberán establecer protocolos marco.
Además, queda absolutamente prohibido el sacrificio de animales de compañía --quedan exluidos, por tanto, los de explotación ganadera--- salvo la eutanasia "justificada bajo criterio y control veterinario con el fin único de evitar su sufrimiento" y la tauromaquia, al estar protegida a nivel constitucional como patrimonio cultural, no se regula en esta ley.
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