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¿Te puede multar la DGT por escuchar la música a todo trapo en el coche? Tenemos malas noticias
La entidad recomienda un volumen moderado para no distraerse, y a partir de 87 decibelios se pueden imponer sanciones
Cualquier vecino puede recibir una multa del Ayuntamiento si está haciendo demasiado ruido en casa, ya sea porque ha montado una fiesta y tiene la música muy alta o porque está hablando a gritos con otras personas. En horario nocturno, el límite de decibelios es de 35. Pero el hogar no es el único sitio donde pasarse de volumen puede acarrear una multa: la DGT recuerda que los conductores que excedan los límites en su coche se exponen a sanciones.
“El conductor puede que no escuche lo que ocurre fuera del vehículo. Es más recomendable usar un volumen moderado y elegir una música que no adormezca, no fomente una actitud defensiva o agresiva y no distraiga la atención en la conducción", señala la DGT en un tuit. En cuanto al límite establecido, a partir de los 87 decibelios, se pueden imponer multas.
Las multas varían según la ciudad
No obstante, el castigo varía en función de cada ciudad. Por ejemplo, en Madrid superar los 94 dB puede suponer una sanción de 300 euros, mientras que si el conductor pone la radio a todo trapo y alcanza los 100 dB la sanción podría duplicarse y alcanzar los 600 euros. En otras ciudades, como Zaragoza, superar los 87 dB implicaría una multa de 36 euros.
Según recoge Motor.es, las multas se agravan si el conductor tiene la música a todo volumen cerca de un hospital. Como máximo, las sanciones por este motivo pueden alcanzar los 3.000 euros.
Multas por conducir con chanchas
En verano, otra multa recurrente que reciben los conductores tiene que ver con su calzado. Según un informe del Real Automóvil Club de España (RACE), medio millón de conductores conducen descalzos en muchas ocasiones y unos 800.000 dicen ponerse al volante habitualmente con chanclas.
Si un agente de la autoridad entiende que el calzado de un conductor afecta a la seguridad en la conducción, puede imponer una multa de hasta 80 euros. Así se establece en el artículo 18.1 del Reglamento General de Circulación.
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