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Multan con 6 millones a Solstar Limited y a Gasela GMBH por manipular el mercado organizado de gas
La resolución de la CNMC concluye que la operativa de ambas empresas estuvo orientada de forma ilegítima para sostener el precio en un nivel “artificial y superior”
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha multado con seis millones de euros a Solstar Limited y con otros seis millones de euros a Gasela GMBH "por manipulación en el mercado organizado de gas (Mibgas), fundamentalmente entre los días 15 y 21 de abril de 2019", según ha informado el organismo en un comunicado.
La resolución de la CNMC concluye que la operativa de las empresas estuvo ilegítimamente orientada a "trasladar al mercado una sensación de interés por el lado de la demanda" para sostener el precio en un nivel "artificial y superior" al que le correspondería en una situación de exceso de oferta. Según explica la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, esta coyuntura se generó en el mercado principalmente por la actuación de Gasela en un periodo de menor liquidez al coincidir con la Semana Santa.
Transacciones de compra a precios superiores
Para alcanzar este objetivo de sostenimiento del precio del mercado, ambos agentes llegaron a ejecutar transacciones de compra a precios superiores a los de sus ventas, lo que supone un comportamiento "en contra de la lógica económica", ha señalado la CNMC.
En ese sentido, la CNMC ha apuntado que la introducción de "señales falsas o engañosas sobre la oferta, la demanda o el precio de un producto energético al por mayor, así como la fijación del precio de un producto energético al por mayor en un nivel artificial, se corresponden con comportamientos de manipulación o tentativa de manipulación del mercado" recogidos en la reglamentación de la Unión Europea.
Una infracción “grave”
Según la CNMC, la infracción cometida por ambas las compañías Solstar Limited y Gasela GMBH se tipifica como "grave".
También ha recordado que contra las resoluciones en las que se imponen estas multas puede interponerse recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su notificación.
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