El Instituto Vasco de Consumo-Kontsumobide ha multado al portal web Lastminute con 3.000 euros por vulnerar la normativa de protección de los consumidores al no ofrecer a un usuario de San Sebastián el reembolso de un vuelo cancelado por el Covid-19.
En concreto, la empresa solo les daba un bono por el importe de los billetes para canjearlos por otro viaje.
Vacaciones truncadas
Se trata del caso de un hombre y su pareja, que compraron, a través de Lastminute, cuatro billetes de avión para un viaje de ida y vuelta entre Bilbao y Tenerife Norte los días 18 y 31 de mayo de 2020. Su precio alcanzó los 692 euros.
Sin embargo, la aprobación del Estado de Alarma en marzo de ese año y la consecuente cancelación de los vuelos truncó sus vacaciones.
Lastminute se salta la normativa
El usuario solicitó a la empresa el reembolso de los mismos (tal y como estipula la normativa) pero ésta, en vez de proceder a su devolución, les informó de que expediría un bono por valor del importe pagado. El cliente no aceptó esta respuesta y decidió emprender acciones legales para defender sus derechos.
Como dicta el artículo 36 del Real Decreto-ley 11/2020, de 31 de marzo, por el que se adoptaron medidas urgentes complementarias en el ámbito social y económico para hacer frente a la Covid-19, "en los supuestos en los que el cumplimiento del contrato resulte imposible (...), el empresario estará obligado a devolver las sumas abonadas por el consumidor (...) en la misma forma en que se realizará el pago en un máximo de 14 días". Al no respetar dichos plazos y realizar el reembolso con un bono por importe de 520 euros y otro de 241 euros, Lastminute no tuvo en cuenta el requerimiento del usuario. Finalmente, el Instituto Vasco de Consumo ha reconocido la existencia de la infracción y ha interpuesto una multa a Lastminute de 3.000 euros.