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El Gobierno obligará a vender los alimentos "feos" o "poco estéticos" para evitar su desperdicio

La nueva ley pretende que los supermercados no despilfarren productos que no sean atractivos a primera vista

Consumidor Global

Alimentos en la sección de frutas y verduras de un supermercado / PIXABAY

El Gobierno ha aprobado este lunes un anteproyecto de ley para combatir el desperdicio alimentario. El texto recoge obligaciones para todos los eslabones de la cadena, desde la producción primaria hasta el consumo. Y es que el desperdicio supone, en palabras Luis Planas, ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, un problema de índole "económica, ambiental, moral y social". El ministro ha recordado que cada español desperdicia anualmente 31 kilos de alimentos sin consumir, lo que en 2020 supuso un total de 1.300 millones de kilos.

Con esta nueva ley, los productos que ya hayan caducado deberán presentarse al consumidor de forma separada y diferenciada del resto, con precios inferiores, o destinarse a la donación. Además, los supermercados deberán realizar promociones específicas de productos que tengan próxima la fecha de caducidad o la de consumo preferente.

No rechazar productos por "feos"

Las tiendas de más de 400 metros cuadrados de superficie deberán disponer de un lineal donde se ofrezcan determinados productos que, a pesar de estar en condiciones de consumo óptimo, se consideren "feos", "poco estéticos" o que no tengan una apariencia "perfecta". Con esta medida, el Gobierno pretende que se aproveche la comida que, a pesar de no conquistar al cliente a primera vista, está en buen estado.

Por otra parte, los supermercados deberán incentivar la venta de alimentos de temporada, de proximidad, ecológicos y a granel, así como informar de las pérdidas alimentarias y del cumplimiento de sus planes de prevención.

Donaciones a través de convenios

Tal y como explicita la nueva normativa, todos los agentes de la cadena alimentaria deben contar con un plan de prevención para evitar el despilfarro. La prioridad es que el excedente de alimentos sea donado a empresas sin ánimo de lucro o bancos de alimentos, lo que se aplica igualmente a centros sanitarios y educativos o residencias que ofrezcan catering o servicio de comedor.

Para las donaciones, las industrias alimentarias, establecimientos comerciales y de hostelería y restauración deberán suscribir convenios con las organizaciones receptoras. Según Planas, los alimentos donados deberán tener suficiente vida útil de almacenamiento para hacer posible su distribución y su uso seguro.

Posibles usos y multas

En un segundo orden de jerarquía, los alimentos no vendidos que estén en condiciones óptimas de consumo deberán ser transformados en zumos, mermeladas o cremas. Si no son aptos para el consumo humano, los alimentos deberán ser utilizados como subproductos para la alimentación animal o para la fabricación de piensos para la industria. También podrán ser destinados a la creación de compost, biogás u otro tipo de combustible.

Con el impulso de la norma, el Ejecutivo pretende avanzar en el cumplimiento de los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS). Para asegurar su cumplimiento, se establecerán cuatro tipo de infracciones graves relacionadas con la donación de alimentos, con multas de entre 6.001 y 150.000 euros, mientras que las infracciones leves llevarán aparejadas sanciones de hasta 6.000 euros.