Cuando una persona se topa con uno de ellos surge la gran duda: ¿se puede pagar en cualquier establecimiento con un billete de 200 y 500 euros?
Una cuestión que algunas veces provoca confrontación entre un cliente y el trabajador de los pequeños comercios. La respuesta solo se encuentra en la normativa.
Ley 46/1998
De acuerdo a la Ley 46/1998, de 17 de diciembre, "los billetes y monedas denominados en euros serán los únicos de curso legal en el territorio nacional". Así, el Banco de España establece que una deuda puede ser pagada con cualquier billete o moneda euro.
Teniendo en cuenta esta información, lo cierto es que cualquier establecimiento, por pequeño o grande que sea, estaría obligado a aceptar billetes de 200 y 500 euros. Pero, ¿realmente es así?
"De buena fe"
Desde el bufete Castillo explican qué es lo que dice el Código Civil al respecto. El artículo 7.1 recoge que "los derechos deberán ejercitarse conforme a las exigencias de la buena fe". Se entiende que el cliente realizará el pago con un billete que sea proporcional a la cuantía final.
"No se presumirá de buena fe cuando para comprar una barra de pan realice el pago con un billete de 500 euros", sostienen los expertos. De hecho, los pequeños comercios no tienen por qué tener un cambio tan elevado. Por tanto, debe aceptarse cualquier pago que se haga con la moneda de curso legal pero debe primar la buena fe.