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Lidl le gana una batalla (pero no la guerra) a Thermomix por su robot de cocina
La Audiencia de Barcelona estima el recurso interpuesto por la cadena de supermercados contra Vorwerk
Lidl le ha ganado una batalla a Thermomix en su pleito por el robot de cocina superventas que ambas compañías venden. Pero eso no significa que haya terminado la guerra entre ambas compañías.
La sección 15 de la Audiencia de Barcelona ha estimado el recurso interpuesto por la cadena de supermercados alemana contra Vorwek (titular de Thermomix).
Sentencia a favor de Lidl contra Thermomix
En una sentencia dictada el pasado 13 de enero, el tribunal estima el recurso presentado por Lidl contra la sentencia dictada por el juzgado mercantil 4 de Barcelona.
Ésta resolvió que el supermercado había invadido la patente del robot de cocina Thermomix y la condenaba a la retirada de todos sus robots de cocina Monsieur Cousine Connect.
Guerra por los robots de cocina
Los magistrados de la Audiencia de Barcelona consideran que la patente en la que Vorwerk se fundamentaba para imputarle la infracción de sus derechos es nula por distintas razones. En primer lugar, por la existencia de “materia añadida” en el título concedido. Es decir, por haber ampliado la protección de forma ilegítima en el curso de la tramitación de la patente. Y, por otro lado, que la solicitud no dispone de actividad inventiva.
La Audiencia estima, además que, hasta en el caso de que la patente no fuera válida, no existía infracción por parte de Lidl de la patente Vorwerk.
Vorwek puede recurrir
Según se matiza en la sentencia, en el plazo de los 20 días siguientes a la notificación, se pueden presentar recursos de casación y/o extraordinarios por infracción procesal.
Asimismo, se desestima íntegramente la demanda de Vorwerk & Co. Interholding Gmbh y se le imponen las costas. "Estimamos la demanda reconvencional interpuesta por Lidl contra Vorwerk y declaramos la nulidad de la patente española ES 2 301 589, validación de la patente europea EP 1 269 898, que lleva como título “Máquina de cocina” y condenamos a la demandada a las costas de la reconvención. No hacemos imposición de las costas del recurso, con devolución del depósito", remarca el texto.
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