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Yelmo Cines prefiere asumir multas de 30.000 euros antes que permitir comida externa: “Les compensa”

La compañía prohíbe el acceso a sus salas con alimentos de otros establecimientos o de casa, a pesar de que la ley lo autoriza

Jaime Gerbolés, 'country manager' de Yelmo Cines / CG
Jaime Gerbolés, 'country manager' de Yelmo Cines / CG

Nueve meses después de que se hiciera pública la multa de 30.000 euros a Yelmo Cines por prohibir la entrada de comida del exterior, la empresa –con 54 complejos en España– sigue incurriendo en la misma práctica irregular. Para colmo, presume de estar respaldada por la ley con carteles visibles en sus establecimientos y en su página web. “Esto es una completa farsa”, advierte Iván Rodríguez, abogado del bufete Abogado en Cádiz, al referirse a esta infracción legal.

Prohibir la entrada a los cines con comida y bebida adquiridas fuera del establecimiento está sancionado por el Real Decreto Legislativo 1/2007 de protección de los consumidores. Esta normativa califica como “cláusulas abusivas” aquellas condiciones que generan “un desequilibrio significativo en los derechos y obligaciones de las partes” o que “limitan los derechos del consumidor y usuario”. Además, la Agencia Española de Consumo, dependiente del Ministerio de Sanidad, ratificó en un informe de 2017 la ilegalidad de esta práctica, subrayando que vulnera los derechos de los espectadores.

A Yelmo Cines le da igual la ley

A pesar de que la legislación ampara el derecho de los consumidores a acceder a los cines con comida adquirida fuera del establecimiento, Yelmo Cines ha decidido mantener una política férrea. Al comprar una entrada para una película en sus salas, los espectadores se encuentran con un mensaje estandarizado, que cita el artículo 7.2.c del Decreto 10/2003. En dicho decreto, se menciona que los locales con servicio de bar pueden reservarse el derecho de admisión para alimentos externos. Con esta normativa en mano, Yelmo Cines justifica la prohibición.

Cartel en un cine Yelmo / CG
Cartel en un cine Yelmo / CG

Sin embargo, este argumento tiene fisuras, tal como señala el abogado Iván Rodríguez. “Ellos se excusan en un decreto que les beneficia, pero olvidan que el servicio principal que ofrecen es el cine, no la hostelería. No son un restaurante”, comenta Rodríguez, aludiendo a la normativa del Decreto 86/2013, que, en su opinión, refuerza el derecho de los usuarios a llevar comida externa a los cines. Además, recuerda que la jurisprudencia en casos similares ha sido clara en defender los derechos del consumidor. “Si te vetan la entrada por llevar comida de fuera, pide una hoja de reclamaciones o denuncia de inmediato”, recomienda. 

Yelmo Cines viola los derechos de los consumidores

Fernando Longoria, abogado del sevillano Bufete Giraldillo, explica que la ley nacional y varias normativas autonómicas, como en Madrid, recalcan que la actividad principal de un cine es la proyección de películas, no la venta de alimentos. “La Agencia Española de Consumo ya ha dejado claro que prohibir la entrada de comida externa podría considerarse abusivo e ilegal”, afirma Longoria. En otras palabras, Yelmo Cines estaría violando los derechos de los consumidores.

Lo que resulta más sorprendente es que, a pesar de que esta política ha llevado a la empresa a recibir multas de hasta 30.000 euros, la empresa sigue adelante. El motivo es sencillo: “Les compensa”, asegura Longoria. Los ingresos generados por la venta exclusiva de palomitas, refrescos y demás productos dentro del cine son tan elevados que las sanciones parecen meras molestias en comparación con el lucrativo negocio.

Las ganancias con esta prohibición

La clave de esta insistencia en prohibir la comida de fuera reside en el margen de ganancia de los productos vendidos en el cine. Los alimentos, como las clásicas palomitas y los refrescos, son ofrecidos a precios considerablemente más altos que los del mercado común. Este sobreprecio genera una fuente de ingresos indispensable para los cines. De hecho, según varias estimaciones del sector, la venta de productos en el bar de un cine puede representar hasta el 50% de sus ganancias.

El cartel en la web de Yelmo Cine   CG
El cartel en la web de Yelmo Cine / CG

El problema radica, por tanto, en la falta de reciprocidad entre la oferta del cine y las restricciones impuestas. Como señala Longoria, “si el cine ofreciera algún tipo de descuento o beneficio al comprar sus alimentos, la situación sería distinta. Pero obligar al consumidor a comprar productos a precios inflados es una clara vulneración de sus derechos”.

¿Qué podemos hacer si a pesar de todo prohíben la entrada con comida y bebida del exterior?

Rosana Pérez Gurrea, abogada y profesora de Derecho Civil en la Universitat Oberta de Catalunya (UOC), detalla los pasos que los consumidores pueden seguir si Yelmo Cines sigue prohibiendo la entrada con comida y bebida del exterior, a pesar de la normativa vigente. Según Pérez, el cliente debe “presentar una reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente, aportando como justificación copia de todos los documentos disponibles: la entrada adquirida, correos electrónicos intercambiados con la empresa, entre otros”.

Un empleado prepara un cubo de palomitas en Yelmo Cines / LORENA SOPENA - EP
Un empleado prepara un cubo de palomitas en Yelmo Cines / LORENA SOPENA - EP

En caso de que la respuesta de la empresa no sea satisfactoria, la abogada recomienda acudir a un arbitraje de consumo, siempre y cuando la compañía esté adherida a este sistema. “Otra alternativa es dirigirse a las Oficinas de Información al Consumidor (OMIC), que ofrecen un servicio de recepción de reclamaciones, asesoramiento y orientación en la defensa de los derechos de los consumidores”, concluye Pérez.

La respuesta de Yelmo Cines

Consumidor Global se ha puesto en contacto con Yelmo Cines para obtener su postura oficial sobre esta controversia. “Yelmo Cines actúa siempre en conformidad con la legalidad vigente. En lo que respecta al consumo de alimentos en las salas, la compañía se ajusta a las normativas de cada comunidad autónoma para garantizar una oferta de ocio única y diferencial”, señalaron desde la empresa.

“Yelmo Cines optó por limitar la introducción de alimentos y bebidas en los cines en los que opera en País Vasco, amparado en todo momento por la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas (Decreto 17/2019, de 5 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento de desarrollo de la Ley de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas en el País Vasco)”, explican. 

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