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La CNMC multa con 500.000 euros a ‘El Hormiguero’ por publicidad encubierta de bebidas alcohólicas
El hecho constituye una vulneración significativa de la normativa audiovisual española, especialmente en lo referente a la protección de los consumidores y la promoción de hábitos saludables
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha sancionado a Atresmedia con una multa que asciende a 579.374 euros, tras constatar la emisión de publicidad encubierta de una bebida alcohólica en el popular programa de entretenimiento El Hormiguero. La infracción ocurrió el 26 de junio de 2023, cuando el programa mostró imágenes y mencionó un licor de 36 grados, violando la normativa que prohíbe la promoción de este tipo de bebidas fuera del horario permitido y sin informar a los espectadores de que se trataba de contenido publicitario.
La CNMC, en su resolución, señaló que esta presentación de la bebida alcohólica fue integrada dentro del contenido del programa sin las advertencias necesarias que la distinguieran como publicidad. Este tipo de estrategias, según el organismo regulador, pueden inducir a error o confusión entre los espectadores, al no ser evidente que el contenido formaba parte de una campaña publicitaria. La sanción fue impuesta a Atresmedia, el grupo responsable de la emisión del programa, por vulnerar varias disposiciones clave de la Ley General de la Comunicación Audiovisual (LGCA).
Violación de la normativa audiovisual
La emisión del 26 de junio de 2023 infringe específicamente el artículo 122.3 de la LGCA, que prohíbe la publicidad encubierta en cualquier programa de televisión. Este artículo señala que no se debe integrar la promoción de productos dentro del contenido televisivo sin una clara identificación de que se trata de publicidad.
Además, la infracción va en contra del artículo 123.4 de la misma ley, que regula la promoción de bebidas alcohólicas en televisión. Según esta disposición, está prohibida la publicidad de bebidas con una graduación superior a 20 grados a menos que sea emitida en el horario restringido de 01.00 horas a 05.00 horas. El contenido que mostró El Hormiguero violó esta normativa, al presentar un licor de 36 grados fuera de ese margen horario, lo que constituye un incumplimiento grave.
Reducción de un 40% de la multa
Aunque la sanción inicial impuesta ascendía a casi 580.000 euros, Atresmedia ha conseguido una reducción del 40 % del importe total. Esta reducción se ha aplicado gracias al reconocimiento expreso de responsabilidad por parte del grupo y al pago anticipado de la multa, lo que ha permitido que el total final se quedara en una cifra cercana a los 500.000 euros.
La CNMC destacó que, pese a la reducción de la sanción, el hecho constituye una vulneración significativa de la normativa audiovisual española, especialmente en lo referente a la protección de los consumidores y la promoción de hábitos saludables. La publicidad de bebidas alcohólicas está estrictamente regulada debido a su potencial impacto en la salud pública, por lo que es fundamental respetar los horarios y formatos permitidos por la ley.
Contexto del caso
El Hormiguero es uno de los programas de mayor audiencia en la televisión española, conocido por sus entrevistas a celebridades, actuaciones y secciones de humor. El espacio está producido y emitido por Atresmedia, lo que ha puesto al grupo bajo el escrutinio de la CNMC tras la infracción.
Este no es el primer caso de sanciones relacionadas con la publicidad encubierta en televisión, pero sí uno de los más notorios, dado el impacto y alcance del programa. La CNMC ha reiterado en varias ocasiones su compromiso con la vigilancia del cumplimiento de la normativa audiovisual, especialmente en el ámbito de la protección de los derechos de los consumidores.
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