La noticia del adelanto de las elecciones al 23 de julio ha pillado por sorpresa. Una fecha en la que muchos españoles tendrán hechas las maletas para irse de vacaciones.
Se trata de las fechas más esperadas durante todo el año por los trabajadores. ¿Se puede eludir la responsabilidad si te convocan como vocal o presidente de la mesa electoral?
¿Qué dice la normativa?
Todos aquellos que tengan reservado el 23 de julio para darse una escapadita, deben saber que la ley no les exime de ser miembro de la mesa electoral. La última palabra la tendrá la Junta Electoral.
Hay que presentar todo lo que se tenga para demostrar el viaje: desde la reserva del alojamiento hasta los billetes de avión. Sobre estos últimos, los expertos advierten que, si se tiene seguro no debe haber problemas para la devolución del importe.
Motivos que justifican la falta
Los casos en los que la ley sí ampara la no asistencia a una mesa electoral son: estar hospitalizado, haber estado en una mesa en las elecciones anteriores, tener una enfermedad o lesión, tener una discapacidad o justificar una baja.
También se contempla los casos de mujeres embarazadas de riesgo o seis meses, madres en periodo de lactancia, padre por baja maternal y paternal. Así como personas que no saben ni leer ni escribir, mayores de 65 y 70 años, ser cuidador de menores o discapacitados, tener una cita familiar importante como una boda, padres de menores de 14 años y profesionales que ese día tengan que trabajar.