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Si una aerolínea te atiende mal en caso de incidente en un vuelo, tienes derecho a una indemnización
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) destaca que así lo establece el convenio de Montreal, que regula las obligaciones de las compañías en casos de daños
Durante un vuelo pueden ocurrir varios incidentes que, si no acaban bien resueltos, pueden acarrear sanciones para las aerolíneas. El convenio de Montreal que regula las obligaciones de las compañías en casos de daños hacia los pasajeros establece que en accidentes a bordo los primeros auxilios inadecuados son responsabilidad de las aerolíneas.
Así lo ha dictaminado el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE). En la sentencia, de 6 de julio, la Sala Tercera responde a una cuestión prejudicial planteada por el Tribunal Supremo de lo Civil y Penal de Austria en agosto de 2021 sobre un caso de la compañía Austrian Airlines (asunto C‑510/21).
Accidente con el carrito de comida y bebida
En un vuelo operado por Austrian Airlines se cayó de un carrito de restauración una cafetera que contenía café caliente y causó quemaduras a un pasajero. A este le fueron dispensados primeros auxilios a bordo del avión y el pasajero acabó acudiendo a los tribunales austriacos reclamando obtener daños y perjuicios y que se declarara la responsabilidad de la compañía por todos los daños futuros resultantes del agravamiento de las quemaduras.
Austrian Airlines solicitó que se desestimara la demanda alegando que fue interpuesta una vez expirado el plazo de dos años establecido en el convenio de Montreal para las acciones de indemnización de daños y perjuicios por accidentes ocurridos a bordo, mientras que el pasajero afirmó que el convenio no era aplicable porque los primeros auxilios dispensados a bordo no están comprendidos en el concepto de “accidente”.
Qué dice el TJUE
El Tribunal Supremo de lo Civil y Penal austriaco elevó una cuestión prejudicial al Tribunal de Luxemburgo para que aclarara de qué daños puede ser considerada responsable la aerolínea. Preguntó al TJUE si la administración de primeros auxilios en un avión que conllevan agravamiento de lesiones corporales ocasionadas por un accidente, debe consideras comprendida en ese accidente.
El Tribunal falló que sí, que no siempre es posible atribuir el acaecimiento de un daño a un acontecimiento aislado cuando dicho daño es consecuencia de un conjunto de acontecimientos intederpendientes. El Tribunal destaca que esta interpretación es conforme con los objetivos perseguidos por el Convenio de Montreal, que establece un régimen de responsabilidad objetiva de las compañías aéreas, con el fin de que se proteja a los pasajeros, al tiempo que se vela por un equilibrio equitativo con los intereses de las compañías aéreas.
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