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Ryanair la vuelve a liar: cobra cuatro veces más a un bebé que a sus padres
“No les interesa que los niños viajen”, lamenta una pareja a la que sablearon 50 euros por llevar a su pequeño en su regazo durante todo el vuelo
Aina y Andreu querían hacer una escapada a Milán este septiembre. Sin duda, la mejor temporada para viajar, ya que, con el verano finiquitado, los turistas de otoño se encuentran con una abanico de posibilidades y ventajas: billetes tirados de precio, menos aglomeraciones y sin el calor agobiante. Todo alegrías, y es que aguantar el verano sin vacaciones tiene que tener algún beneficio.
No obstante, Aina y Andreu decidieron que este año, por primera vez, viajarían junto a Núria, su hija pequeña, de 15 meses. El panorama era inmejorable, ya que los pasajes a Italia, destino que buscaban, estaban muy baratos. “Unos 13 euros cada uno”, corroboran. “Venga, reservamos”, pensaron los dos. ¿Pero cuál ha sido el problema? Que solo el billete de la niña costaba 50 euros ida y vuelta, casi cuatro veces más que el de los adultos, cuando ni siquiera ocupa un asiento.
¿Los bebés pagan por billetes de avión?
Los niños menores de 2 años de edad no requieren de asiento y pueden viajar en el regazo del adulto. Eso sí, la tarifa que pagará el pequeño varía dependiendo de la compañía con la que se vuela. “La política económica de cada empresa es propia, puede parecer más acertada o menos, más justa o menos, pero no hay ninguna ley europea que establezca unos límites en este sentido”, aclaran desde el Ministerio de Consumo.
Por ejemplo Iberia tiene el billete “Infant”, donde cobra un 10 % de la tarifa de adulto al pasaje del bebé, un precio similar al de AirEuropa y que se mantiene tanto en vuelos nacionales como internacionales. EasyJet es algo más cara y exive abonar 28 euros por cada bebé y trayecto. Eso sí, todas estas compañías inciden en que el niño deberá viajar al regazo de la madre y que, si se quiere ocupar un asiento, sus padres lo tendrán que pagar.
“No les interesa que los niños viajen”
En las condiciones de Ryanair explican que los bebés de 8 días a 23 meses de edad tienen una tarifa especial de 25 euros por trayecto y, al reservar el billete, la aerolínea aplica esta tarifa automáticamente.
“Claro, 50 euros ida y vuelta, por una niña que viaja en mis brazos”, explica Aina Binimellis, periodista y cocinera, que se ha quejado a Consumidor Global por el precio del billete. Binimellis considera que a las compañías aéreas “no les interesa que los niños viajen en aviones por si lloran en el trayecto y molestan a los otros pasajeros”. “El billete del bebé debería estar incluido en el de adulto y pagar un 10 % por él, como ocurre en muchas compañías”, añade. A pesar de su descontento, esta pareja no tiene mucho donde elegir, ya que el medio terrestre o ferroviario no es una opción, pues en la actualidad residen en Mallorca.
¿Qué pasa con los niños de 2 años?
Una vez el niño cumpla dos años viajará con las mismas condiciones tarifarias que cualquier adulto, con la única restricción de no sentarse en las salidas de emergencias.
Es importante recordar que viajar en avión con bebés que cumplan los dos años durante el mismo día del vuelo se consideran como niños a efectos administrativos. Por lo tanto, cuando se realice la reserva en la página web se debe seleccionar al pasajero como niño y no como bebé.
El DNI y el Libro de familia
Para viajar dentro de España, los pasajeros menores de 14 años no necesitan documento de identidad, pero en el aeropuerto podrán requerir a sus padres el Libro de Familia. En los vuelos dentro de la Unión Europea todos los menores de 18 años, incluidos los bebés, deberán tener el Documento Nacional de Identidad (DNI) o pasaporte en vigor.
De hecho, en 2012 Ryanair fue condenada a pagar 930 euros de indemnización a una familia por denegar el embarque a un menor de edad, un niño de seis años, que iba a viajar con sus padres sin DNI. El trayecto era una conexión Valencia-Sevilla y pese a que sus padres iban identificados con el DNI y Libro de familia, como exige la ley española, los tripulantes de la aeronave se negaron a admitirlo en el vuelo porque incumplía la ley irlandesa. Sin embargo, la sentencia dejó claro que "en los vuelos internos, entre dos puntos del territorio nacional, se deberá aplicar el Programa Nacional de Seguridad para la Aviación Civil", lo que implica que los pasajeros de nacionalidad española menores de 14 años, acompañados por sus padres,"no requerirán de ninguna identificación, haciéndose sus padres --que deberán ir debidamente identificados-- responsables de su identidad".
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