Google es un gigante tecnológico que, en ocasiones, ha generado polémicas por asuntos relacionados con la privacidad de sus usuarios. En mayo de 2022, la Agencia Española de Protección de Datos (AEPD) propuso una multa de 10 millones de euros para la empresa por vulnerar el derecho al olvido de cualquier usuario.
Este derecho es un concepto jurídico que recoge la legitimidad de cualquier persona a que parte de su información personal que en ese momento esté disponible en internet sea eliminada o desindexada de los motores de búsqueda. Así, permite que las personas tengan mayor control sobre la información que se muestra sobre ellas en internet, especialmente si son datos sensibles.
Protección de Datos y derecho al olvido
Desde 2014, cualquier ciudadano europeo tiene la posibilidad de eliminar los resultados que aparezcan en cualquier buscador al teclear su nombre. Así se recoge en el Reglamento General de Protección de Datos. Con todo, no es que Google, Bing o Yahoo! sean agentes maliciosos que quieran sonsacar estos datos específicamente sensibles, sino que este tipo de información se indexa de forma automática por los buscadores.
Para solicitar a Google o a otro motor que elimine estos testimonios hay que rellenar un formulario. Ahora bien, lo que se elimina no es el contenido en sí, sino la posibilidad de que el buscador lo muestre si cualquiera introduce el nombre completo y el apellido. Así, si alguien quiere eliminar resultados de búsqueda basados en su nombre que aparecen en Google, debe buscar el Formulario de solicitud de retirada de datos personales y cumplimentarlo.
Especificar los enlaces
Google preguntará al usuario si actúa en su nombre o representado a otra persona, y cuál es su relación con él. Además, el propio usuario deberá especificar los enlaces donde se muestra la información que quiere que desaparezca. Google revisa estos datos y, cuando finalmente lleva a cabo el borrado, envía un electrónico de confirmación.
“Nuestros revisores profesionales revisarán manualmente su solicitud. En líneas generales, el revisor examinará si la información en cuestión puede considerarse de interés público y de qué manera, y sopesará esto frente a los derechos que le otorga la legislación de protección de datos aplicable”, explica la empresa.