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Las aerolíneas deben compensar a los viajeros en caso de denegación de embarque anticipado
Aunque no se hayan presentando a la facturación y hayan sido informados incluso con más de dos semanas antes de la hora de salida prevista del vuelo
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha dictaminado que los pasajeros de aerolíneas tienen derecho a compensación en caso de denegación anticipada de embarque, aunque no se hayan presentado a la facturación y hayan sido informados incluso con más de dos semanas antes de la hora de salida prevista del vuelo.
El medio Confilegal ha recogido una sentencia del Tribunal Regional de lo Civil y Penal de Fráncfort del Meno (Alemania) ante el pleito de una pasajera contra Latam Airlines en la que se confirma que las aerolíneas deben compensar a los pasajeros en estas situaciones.
Una sentencia del TJUE
Además, existen otras sentencias recientes relevantes como una del TJUE que resolvió que el órgano jurisdiccional nacional puede informar de oficio al viajero de su derecho a resolver el contrato sin pagar penalización en los viajes combinados en caso de circunstancias extraordinarias.
Y es que, aunque la mayoría de demandas que se presentan contra aerolíneas proceden de retrasos y cancelaciones, esta reciente sentencia del TJUE es clave para estas circunstancias, pues en caso de denegaciones anticipadas de embarque, aún con un aviso superior a 14 días se debe indemnizar.
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