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Consumo expedienta a Lidl por publicidad engañosa al ofertar descuentos falsos

La empresa fue denunciada el pasado junio por presentar como rebajados productos que en realidad mantenían el mismo precio que el mes anterior

Ana Carrasco González

Un clienta en la puerta de un supermercado de Lidl / David Zorrakino - EP

La cadena de supermercados Lidl se encuentra en el punto de mira tras la apertura de un expediente sancionador por parte de la Agencia Catalana de Consumo, debido a acusaciones de publicidad engañosa relacionadas con la oferta de descuentos falsos en sus productos.

La empresa, cuya sede central en España está en la localidad barcelonesa de Montcada i Reixac, fue denunciada el pasado junio por presentar como rebajados productos que en realidad mantenían el mismo precio que el mes anterior.

Contexto de la denuncia

Facua ha presentado pruebas que sugieren que Lidl promocionó ciertos productos como si estuvieran rebajados, cuando en realidad mantenían el mismo precio que en el mes anterior. 

Esta situación podría constituir una infracción de la Ley 7/1996, de Ordenación del Comercio Minorista, que exige que el precio anterior se muestre claramente junto al precio reducido.

Productos afectados y evidencia presentada

Entre los productos señalados se encuentran artículos de primera necesidad como la leche, la pasta y los huevos. Por ejemplo, se ha documentado que un brik de leche sin lactosa entera de la marca Milbona se ofrecía en junio a un precio de 0,99 euros, con un precio anterior supuestamente tachado de 1,03 euros, cuando en realidad en mayo también costaba 0,99 euros. 

 

También se detectó esta misma práctica en el paquete de macarrones nº6 Combino de un kilo. Pese a estar ambos meses a 1,23 euros, en junio tenía un letrero de oferta como si anteriormente hubiese estado a 1,29 euros. En el paquete de 500 gramos de pasta tiburón Combino también aparecía un falso descuento de cuatro céntimos con respecto al que supuestamente era su precio anterior (de 0,77 a 0,73 euros).

Implicaciones legales

La presunta conducta de Lidl podría violar también el artículo 5 de la Ley 3/1991, de Competencia Desleal, que considera desleal cualquier acto que contenga información falsa o que induzca a error a los consumidores. 

La Agencia Catalana de Consumo, al abrir este expediente sancionador, busca asegurar la transparencia y proteger los derechos de los consumidores.

Reacciones y consecuencias

La noticia ha provocado una ola de reacciones entre los consumidores y otros actores del sector. Mientras algunos clientes expresan su decepción y desconfianza hacia la cadena, otros defienden la importancia de investigar a fondo antes de sacar conclusiones. 

Por su parte, Lidl tendrá la oportunidad de presentar alegaciones antes de que se determine cualquier sanción.

Posible impacto en el sector

Este caso podría tener un impacto significativo en el sector minorista, poniendo de relieve la necesidad de prácticas comerciales honestas y transparentes. 

Además, podría incitar a otras agencias de consumo a nivel nacional e internacional a realizar inspecciones más rigurosas y a tomar medidas contra prácticas similares.