El plazo para presentar la declaración de la renta finalizó el pasado 1 de julio. Eso sí, las personas que no la presenten, teniendo la obligación, o que lo hicieran con errores pueden ser multados por Hacienda.
Así, algunos contribuyentes reciben durante estos días las "cartas del miedo". Es decir, la notificación de la Agencia Tributaria para informar a los usuarios sobre la sanción que deben pagar por no presentar la declaración o hacerlo con errores.
Recargos en función del tiempo
A partir del primer mes del retraso de la presentación de la declaración se aplica un recargo del 1%. Pero si el retraso aumenta hasta los 12 meses, entonces el recargo sube hasta el 15%.
En caso de que Hacienda detecte que el contribuyente no ha presentado la declaración, la sanción varía entre el 50% y el 150% de la deuda. Una cantidad que puede aumentar si la Agencia Tributaria encuentra que ha habido un perjuicio económico o si no es la primera vez que se produce la situación.
Multas de 100 o 200 euros
Ahora bien, si una persona no recibe la "carta del miedo" pero quiere solventar esta situación, siempre tiene la opción de rendir cuentas ante Hacienda.
En estos casos, la multa será de 100 euros para aquellos contribuyentes que salgan a cero o a devolver. En caso de omisión, la sanción asciende a los 200 euros.