Un golpe a los bancos. Así podría resumirse el último acontecimiento que salpica al sector bancario español.
El Tribunal Supremo, finalmente, no admitió el recurso que presentó Bankinter contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Álava, la cual ratificada la nulidad de las comisiones por ingreso de efectivo en ventanilla, tal y como informó la organización de consumidores EKA/ACUV.
Comisiones ilegales
La sentencia de primera instancia, dictada por el Juzgado de lo Mercantil número 1 de Vitoria, declaró nulas las comisiones por ingreso de efectivo en ventanilla que Bankinter venía aplicando a quienes no eran titulares de una cuenta.
Estas comisiones fueron consideradas abusivas y contrarias a derecho.Bankinter decidió recurrir la sentencia ante la Audiencia Provincial y posteriormente ante el Tribunal Supremo.
Sin derecho a réplica
Se trataba de un sobrecargo que la entidad bancaria aplicaba a atodas aquellas personas que no fuesen titulares de una cuenta. El importe a cobrar era de dos euros por los ingresos en efectivo.
Sin embargo, recientemente, el Supremo ha rechazado el recurso, argumentando que la entidad bancaria no tiene derecho a réplica, ya que se entiende que es un asunto juzgado con anterioridad y no procede admitir el recurso.
En defensa de los consumidores
Por su parte, EKA/ACUV ha opinado que la no admisión del recurso confirma la nulidad. Además, desde la entidad subrayan que se trata de unas comisiones abusivas.
También han querido destacar que la no admisión del recurso refuerza la posición en defensa de los consumidores frente a prácticas abusivas por parte de las entidades financieras.