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Renta 2020: la letra pequeña está en los ERTE, las ayudas y el ingreso mínimo vital

Las prestaciones que han recibido millones de españoles por la pandemia deben incluirse en la declaración

Albert Lluis

Colas en las oficinas de la Agencia Tributaria de Madrid para la declaración de la Renta / EP

Vuelve el momento de hacer la declaración de la renta. A partir del 7 de abril, los españoles tendrán que revisar sus ingresos, deducciones, ayudas y otros complementos para ponerse al día con Hacienda. Y para hacerlo tendrán hasta el 30 de junio, casi tres meses.

Sin embargo, el 2020 ha sido un año bastante extraño en muchos sentidos, con millones de españoles afectados por los ERTE --Expediente de Regulación de Temporal de Empleo--, los cierres de locales y el cese de varias actividades en un contexto pandémico. Así, muchos autónomos han recibido algún tipo de prestación y eso debe tenerse en cuenta a la hora de hacer la declaración.

Incluir las ayudas o prestaciones

Los ciudadanos que estuvieron en ERTE el año pasado contaron, además de con el sueldo de su empresa, con una prestación del Estado. “Un gran número de contribuyentes en ERTE no estarán exentos de hacer la declaración. Es más, muchos tendrán que pagar ahora”, advierte Álvaro Falones, co-CEO y cofundador de TaxDown. 

El motivo, según este experto, es que muchas de estas personas no superaban el límite de ingresos de 22.000 euros anuales por debajo del cual no es obligatorio hacer la declaración de la renta. Pero, “como ahora tienen un segundo pagador aparte de la empresa, el SEPE --Servicio Público de Empleo Estatal--, ese límite se reduce hasta los 14.000 euros anuales”, matiza Falones. Eso es así siempre y cuando el trabajador haya recibido del segundo pagador --en este caso el SEPE-- más de 1.500 euros en el conjunto del año. Pero, por si fuera poco, “a la gran mayoría les tocará abonar una cantidad mayor por algunos errores en los trámites”, señala José María Mollinedo, secretario general del Sindicato de Técnicos del Ministerio de Hacienda (Gestha). En concreto, algunos españoles han “recibido estas ayudas incluso después de ser readmitidos en la empresa y volver a trabajar, por lo que ahora tendrán que devolver dichas cantidades”, matiza Falones.

Más declarantes por el ingreso mínimo vital 

Fruto de la pandemia, el Gobierno ofreció un ingreso mínimo vital con el que muchos ciudadanos sobrevivieron el año pasado. De hecho, Hacienda calcula que hay alrededor de 460.000 beneficiarios de esta prestación. Así, con independencia de la cuantía de sus ingresos anuales, “todos los contribuyentes que cuenten con esta ayuda están obligados a hacer la declaración de 2020”, asegura Falones. Y eso provocará “un aumento de declarantes”.

No obstante, todo ello no implica de forma obligatoria que a estos contribuyentes les vaya a salir la declaración a pagar, dado que también puede ocurrir lo contrario. “Estas prestaciones no cuentan con ninguna retención, por lo que se consideran como un sueldo en bruto”, señala Verónica Villar, responsable de la Asesoría V. Villar.

Un hombre hace la declaración de la renta en una oficina de la Administración / EP

Autónomos y cierres de negocios

Los autónomos, en especial los que están en régimen de estimación objetiva --o en módulos--, “no tributarán lo mismo este año que en 2019”, subraya Villar. Muchos se han visto obligados a cerrar su negocio, por lo que no tendrán que declarar por esos días en los que cesaron su actividad.    

En paralelo, buena parte de este colectivo se ha visto obligado a pedir algún tipo de ayuda o prestación al Estado para seguir adelante. Y la gran mayoría de estos impulsos económicos recibidos deben figurar en la declaración. “Cualquier incentivo que reciba un autónomo se considera como otras rentas de trabajo o laborales” asegura a Consumidor Global Mollinedo. Por otro lado, cabe señalar que en el contexto actual de la pandemia la Administración facilitará todo tipo de herramientas para evitar que los contribuyentes acudan a las oficinas y puedan tramitar su declaración de la renta de forma telemática o por teléfono.