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Llegó el día: estas son las nuevas multas a las que te enfrentas, según la DGT
Entra en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial endurece las sanciones y pone el foco el uso del móvil o la mala utilización de los sistemas de seguridad
Tras casi año y medio de vaivenes legislativos, este lunes, 21 de marzo de 2022, entra en vigor la nueva Ley de Tráfico y Seguridad Vial.
Así se endurecen muchas multas por infringir la nueva legislación y poner en riesgo la seguridad de los conductores. Por ejemplo, el uso del móvil o la mala utilización de los sistemas de seguridad como el cinturón o el casco son dos de las acciones cuya sanción es ya más dura. Pero no son las únicas. Por ello, este medio recoge todas las novedades para componer una suerte de guía definitiva con la que podrás saber qué se cambia en la nueva ley.
Tres puntos menos por conducir con el móvil
La entrada en vigor de la nueva endurece la sanción en torno al uso del teléfono durante la conducción. Esta pasa de ser de 200 euros más la pérdida tres puntos a la detracción de seis puntos del permiso de conducir. La sanción económica será la misma.
“Utilizar, sujetando con la mano, dispositivos de telefonía móvil mientras se conduce, conducir utilizando manualmente dispositivos de telefonía móvil en condiciones distintas a la anterior, conducir utilizando manualmente navegadores o cualquier otro medio o sistema de comunicación, así como llevar en los vehículos mecanismos de detección de radares o cinemómetros”, reza el artículo 76.
Así se paga el mal uso del cinturón
Si los agentes de Tráfico te cazan con el cinturón desabrochado –o mal puesto– te impondrán una sanción económica de 200 euros con la detracción de cuatro puntos –antes se perdían tres–.
Esta multa, sin embargo, no sólo está dirigida a los usuarios de los coches. En el caso de los motoristas, la sanción es la misma si no llevan correctamente su casco. Además, la DGT también estará vigilante de que uses correctamente los sistemas de retención infantil (SRI). De no ser así, también te multarán.
Arrojar objetos estará más vigilado (y penalizado)
Arrojar objetos por la ventanilla estará desde hoy más vigilado que ayer. Aumenta la multa y aumentan los puntos que te podrá detraer la DGT. Lanzar objetos a la vía –o en sus inmediaciones– que puedan poner en peligro la conducción y/o puedan producir accidentes o incendios, como las colillas, a partir de ahora es sancionado con la pérdida de seis puntos de carnet y 500 euros.
Hasta ahora la multa era de 200 euros y la detracción de cuatro puntos.
Proteger a los ciclistas
Hasta ahora, la norma establecía que los adelantamientos a ciclistas debían ejecutarse con una distancia de separación lateral de 1,5 metros, ocupando el carril contrario si fuese necesario –siempre y cuando las condiciones lo permitan–. De hecho, se podía rebasar la línea continua si no se ponía en peligro al resto de usuarios.
Con la nueva ley, este acontecimiento cambia y ya es obligatorio cambiar de carril para adelantar a los ciclistas o ciclomotores siempre que la carretera cuente con más de un carril en sentido de circulación. La detracción de puntos en el permiso de conducir aumenta desde cuatro hasta a seis puntos.
Nuevas normas para adelantar
Con el objetivo de reducir la siniestralidad, la DGT ha eliminado la posibilidad de superar en 20 kilómetros por hora para adelantar a otro vehículo en carreteras convencionales.
Esto ya se “había eliminado en todos los países de la Unión Europa y España era el único país que lo permitía”, ha defendido el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska.
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