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Consumo avisa a los bancos: están obligados a ofrecer una cuenta gratis a las personas vulnerables
El Ministerio que capitanea Alberto Garzón recuerda a las entidades bancarias que cumplan "escrupulosamente" con esta obligación y ayuden así a los refugiados que vienen de Ucrania
El Ministerio de Consumo lo tiene claro. Los bancos tienen la obligación de ofrecer una cuenta gratis a las personas vulnerables. "La situación de vulnerabilidad de miles de personas se ve agravada al no disponer de una cuenta bancaria y quedar expuestas a la exclusión financiera", recuerda el ministerio que capitanea Albero Garzón.
En un contexto en el que miles de personas abandonan Ucrania por la guerra y se refugian en otros países, Garzón pide a la banca cumplir con estas medidas de manera escrupulosa, tal y como les ha hecho saber a través de una carta.
Requisitos para disfrutar de una cuenta bancaria gratis
Consumo recuerda que existe ya una solución para evitar todo esto. "Las entidades bancarias tienen la obligación en España de ofrecer una cuenta básica, totalmente gratuita, a aquellas personas que se encuentran en situación de vulnerabilidad o están en riesgo de exclusión financiera". Esto significa cero comisiones, ningún gasto de apertura ni de cierre y la posibilidad de realizar 120 movimientos anuales.
Los solicitantes deben cumplir, al menos, con una de estas condiciones: residir legalmente en la UE, aunque no tengan domicilio fijo; ser solicitantes de asilo; o no tener permiso de residencia y estar en una situación excepcional como, por ejemplo, las mujeres embarazadas.
Cómo certificar la situación de vulnerabilidad
Además de no poseer una segunda vivienda, la situación de vulnerabilidad económica se certifica, según Consumo, de la siguiente manera:
- Para personas no integradas en ninguna unidad familiar: dos veces el IPREM en 12 pagas
- Para unidades familiares de menos de cuatro miembros: dos veces y media el IPREM en 12 pagas
- Para familias numerosas: tres veces el IPREM en 12 pagas
- Para familias con algún miembro con discapacidad igual o superar al 33%: tres veces el IPREM en 12 pagas
Si no se cuenta con un certificado de rentas, o de prestación o subsidio de desempleo, así como ayudas de asistencia social o alguna nómina, el interesado/a puede entregar un informe emitido por los servicios sociales de un ayuntamiento que avale su idoneidad para abrir la cuenta. Y el banco tiene un plazo máximo de 30 días desde que se aporta toda la documentación para resolver la solicitud.
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