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Todo lo que debes saber antes de subir la potencia contratada de la luz: precio, documentos y plazos
Llevar a cabo esta gestión puede implicar un mayor desembolso del que el cliente espera, especialmente si reside en Cataluña
El precio de la luz ha sido, durante los últimos tres años, uno de los principales quebraderos de cabeza de los consumidores. Así, no han dejado de surgir dudas acerca de si es mejor la tarifa regulada o el mercado libre, al igual que tampoco han faltado las preguntas sobre las llamadas de las distintas comercializadoras que planteaban ofertas agresivas o las facturas de Endesa que no llegaban cuando correspondía. También es normal que surjan dudas entre aquellos que desean subir su potencia contratada.
Esta decisión, la de sumar más vigor eléctrico, se suele tomar cuando los plomos de un hogar se bajan con frecuencia. Tal y como explica Selectra, aumentar la potencia contratada puede permitir el uso simultáneo de varios dispositivos sin preocuparse por sobrecargar la instalación eléctrica, algo especialmente relevante en hogares con muchos miembros que usan dispositivos electrónicos al mismo tiempo.
Cuánto cuesta subir la potencia contratada
Ahora bien, hay muchos factores que deben tenerse en cuenta. En primer lugar, los distintos costes existentes, cada uno correspondiente a un concepto:
- Derechos de extensión: 17,37 €/kW + IVA.
- Derechos de acceso: 19,70 €/kW + IVA.
- Derechos de enganche: 9,04 € + IVA
Además, el consumidor debe ser consciente de que le tocará rascarse el bolsillo por cada kilovatio (la unidad de medida que se utiliza para indicar la potencia máxima que soporta un hogar) extra que contrate. En concreto, según detalla a este medio Sergio Soto, analista especializado en energía en roams.es, “la factura aumentaría alrededor de 4€ por cada kW de potencia (exactamente, 3,93€)”. Para hacer el cálculo, Soto analiza los precios medios de la potencia en las tarifas eléctricas de la base de datos de Roams (P1: 0,097 €/kW/día | P2: 0,034 €/kW/día).
Un trámite sencillo
A juicio de Soto, es un trámite sencillo que las comercializadoras “facilitan al usuario”. Además, puede hacerse desde las áreas de cliente de muchas compañías energéticas o, si no, llamando directamente a atención al cliente. Según este experto, una sola llamada debería bastar para completar el trámite.
La parte más complicada del proceso, según este experto de Roams, es la inicial, la de saber exactamente qué potencia necesita cada cliente. “Para ello, lo mejor es saber qué electrodomésticos de uso regular se tienen en casa y cuánto consumen estos. Conviene calcular un aproximado de la potencia necesaria cuando estén dados de manera simultánea todos los electrodomésticos que consideres y subir un poco más para estar cubierto ante mayores necesidades”, expone.
Qué documentos necesitas
Tal y como explican en Selectra y en la web de Endesa, estos son los documentos que necesitas para subir la potencia contratada:
- Nombre, apellidos y DNI del titular del contrato
- Potencia eléctrica actual y nueva potencia
- Número CUPS
- Dirección del punto de suministro
- Boletín eléctrico o Certificado de Instalación Eléctrica -CIE- (en determinados casos)
Según Endesa, la comercializadora pedirá al cliente el CIE solo si se da alguna de las siguientes circunstancias:
- Si han pasado más de 20 años desde la última actualización.
- Si la potencia que solicitas es superior a la que marca tu boletín.
- Si has realizado un cambio de tensión.
- Si pides cambio de potencia para una casa nueva que nunca antes ha sido ocupada.
- Si vives en Canarias y quieres cambiar la potencia contratada.
Cuánto cuesta el boletín eléctrico
El CIE tiene su intríngulis: no tiene un coste regulado, de modo que cada empresa o electricista puede cobrar una cantidad. “El coste varía mucho (50-200 euros), por lo que te recomendamos pedir varios presupuestos”, aconseja Endesa en su web.
“Al final, al ser algo que no está regulado, entra en juego el mercado libre y la oferta y la demanda. A mí me parece razonable como parte del funcionamiento del mercado. No obstante, lo mejor para el usuario es que se asegure siempre de la buena calidad del servicio, antes de pensar en que sea más o menos económico”, defiende Soto.
El caso de Cataluña y el BRIE
Por si fuera poco, si el consumidor que desea subir su potencia contratada reside en Cataluña tendrá que aportar un documento más: el BRIE (Boletín de Reconocimiento de Instalaciones Eléctricas). Hay que reconocer que se trata de una anomalía: tal y como se explica en las webs de Naturgy o Podo, es obligatorio únicamente en esta comunidad autónoma.
Asimismo, para gestionar el incremento de la potencia contratada si ésta es superior a 20 kW, los catalanes también deberán aportar el RITSIC (Registro de Instalaciones Técnicas de Seguridad Industrial de Cataluña).
Ajustar la cifra en función del consumo
Sergio Soto también explica a este medio que la mayoría de hogares españoles no tiene contratada una potencia acorde a su consumo. El especialista cita un informe que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) publicó este verano en el que se dice que un 60% de los hogares no tiene una potencia acorde a sus necesidades porque sobrecontrata.
“A finales de 2023, el 63% de los hogares contaba, de media, con un 1,11 kW más de potencia contratada de la que realmente usaba en horas punta. El porcentaje aumenta –un 67 %– si consideramos las horas valle, con un excedente de 1,6 kW”, detalla el informe.
Cuánto pagan los españoles de media
Asimismo, según los datos de la CNMC, la factura media mensual de electricidad para los hogares en el mercado regulado (que incluye a los hogares con bono social eléctrico) a finales de 2023 fue de 27,6 euros. El consumo correspondiente fue de 210,9 kWh, mientras que en 2022 se cifró en 184,4 kWh.
Por otra parte, los consumidores que tenían contratada su tarifa en el mercado libre tuvieron una factura mensual media de 55,6 euros, mientras que el consumo de estos hogares fue de 218,9 kWh.
Plazos
Los límites en los cambios de potencia juegan a favor de las empresas: el consumidor puede subir la potencia contratada todas las veces que lo desee en el transcurso de un año, pero solo podrá bajarla dos veces.
En cuanto a los plazos, una vez que la distribuidora ha recibido todos los datos necesarios, tiene un plazo de 15 días hábiles para realizar el cambio… que no siempre se cumple. “El plazo estimado para que la comercializadora aumente la potencia eléctrica es entre 7 y 20 días, aunque puede alargarse más debido a que la comercializadora puede tener que cerrar el ciclo de facturación antes de aceptar el cambio”, alertan desde Selectra.
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