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¿Puede prohibirme el casero tener una mascota en un piso de alquiler?
Muchas personas con mascotas tienen serias dificultades para encontrar una vivienda de alquiler que acepten perros y gatos pero existen
El número de mascotas en España no deja de crecer. De hecho, en algunas ciudades como Barcelona ya hay más perros que niños. Así, tanto los canes como los gatos y otros animales domésticos se convierten en un miembro más de la familia.
Está claro que tener mascotas tiene muchos beneficios como el amor y la compañía que ofrecen a los humanos. Ahora bien, puede haber ciertos inconvenientes en momentos determinados como viajes o buscar un piso de alquiler.
Un vacío legal
En España, las normas no aclaran nada sobre la presencia de mascotas en viviendas de alquiler. Ni la Ley de Bienestar animal ni Ley de Arrendamientos Urbanos no establecen nada en cuanto a este tema.
Ahora bien, el arrendatario tiene derecho a incluir cláusulas concretas en el contrato de alquiler siempre que estas no contradigan a la ley. En este sentido, el casero puede prohibir tener perros, gatos y todo tipo de animales en casa. No se trata ni de una cláusula discriminatoria ni nula, tal y como explica la OCU.
Algunas condiciones
Ahora bien, para prohibir la presencia de mascotas en una vivienda de alquiler, el arrendatario debe explicar el motivo. Puede ser para proteger sus bienes, por razones de salud o para evitar conflictos con el resto de vecinos, por ejemplo.
Según la citada organización de consumidores, la prohibición debe estar clara en el contrato para que el arrendado no se confunda. Además, en el documento se debe añadir que el incumplimiento de esta cláusula implica la resolución del arrendamiento.
Buscar un acuerdo con el casero
La OCU aconseja buscar un acuerdo entre ambas partes. El alquilado debe cumplir todas las obligaciones legales y de cuidado de la mascota así como hacerse responsable de los daños que el animal pueda causar en la vivienda.
Además, el dueño del animal también es el responsable de las molestias que pueda causar en el vecindario. Eso sí, estas deben ser graves. En cualquier caso, el propietario de la vivienda puede prohibir la presencia de animales en la vivienda, aunque siempre ambas partes pueden pactar en función del animal, tamaño, peso, raza y un largo etcétera.
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