La Dirección General de Consumo ha abierto una investigación a varias inmobiliarias tras detectar prácticas irregulares. Entre ellas, el cobro indebido de comisiones por la gestión de arrendamientos y la imposición de contratos temporales sin justificación para la temporalidad.
El Ministerio de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, a través de esta entidad, ha comprobado que estas prácticas se estarían llevando a cabo por empresas que operan en todo el territorio español. El ministro Pablo Bustinduy recuerda que dichas prácticas están prohibidas desde la modificación del artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
A cargo del arrendador
El artículo 20 de la Ley de Arrendamientos Urbanos establece que "las partes podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario”.
Y añade: "En edificios en régimen de propiedad horizontal tales gastos serán los que correspondan a la finca arrendada en función de su cuota de participación. En edificios que no se encuentren en régimen de propiedad horizontal, tales gastos serán los que se hayan asignado a la finca arrendada en función de su superficie. Para su validez, este pacto deberá constar por escrito y determinar el importe anual de dichos gastos a la fecha del contrato. El pacto que se refiera a tributos no afectará a la Administración". Y, por último, la LAU matiza: "los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador".
Multas de hasta un millón de euros
Estas prácticas ilegales pueden ser abusivas según la Ley de Defensa de los Consumidores. Así lo recoge el portal inmobiliario Idealista. Estas cláusulas, además, pueden llevar aparejadas una serie de infracciones recogidas en el artículo 47 de la citada ley y otras normativas complementarias.
La imposición injustificada de condiciones sobre prestaciones no solicitadas puede acarrear multas de hasta 100.000 euros. En el caso del uso de prácticas comerciales desleales con consumidores o usuarios la sanción puede ser de hasta un millón de euros.