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Qué cubre el Consorcio de Compensación de Seguros y cómo reclamar los daños por la DANA

El organismo público dependiente del Ministerio de Economía emite una nota explicativa sobre el proceso de reclamación y la cobertura de indemnizaciones para los damnificados por el temporal

Edificio del Consorcio de Compensación de Seguros, en Madrid / Eduardo Parra - EP
Edificio del Consorcio de Compensación de Seguros, en Madrid / Eduardo Parra - EP

Las recientes inundaciones en Valencia y otras provincias españolas han causado pérdidas humanas y cuantiosos daños en viviendas, vehículos y negocios, dejando a miles de afectados. Frente a estas catástrofes naturales, surge una pregunta clave para las personas aseguradas: ¿quién responde por los daños? 

El Consorcio de Compensación de Seguros (CCS), un organismo público dependiente del Ministerio de Economía, ha emitido una nota explicativa sobre el proceso de reclamación y la cobertura de indemnizaciones para los damnificados por el temporal.

¿Qué es el Consorcio de Compensación de Seguros?

El CCS es una entidad pública creada para asumir la gestión y pago de indemnizaciones en situaciones de catástrofes naturales y otros eventos extraordinarios, como las recientes inundaciones. 

Dos ancianos frente a su casa afectada por la DANA en Valencia / Miguel Ángel Polo - EFE
Dos ancianos frente a su casa afectada por la DANA en Valencia / Miguel Ángel Polo - EFE

Si una persona cuenta con un seguro en vigor, el CCS se encargará de cubrir los daños sufridos, ya sean personales o materiales, sin importar la compañía aseguradora. Aun así, es recomendable que cada afectado contacte también a su aseguradora para aclarar el proceso y resolver dudas.

¿Qué cubre el CCS en caso de catástrofe?

La cobertura del CCS incluye:

  1. Daños personales y materiales: Se indemnizarán tanto los daños a las personas aseguradas como los daños a bienes asegurados, que comprenden:
    • Viviendas y comunidades de propietarios.
    • Vehículos.
    • Oficinas, tiendas y locales comerciales, así como otros inmuebles de uso no industrial.
    • Industrias y obras civiles, ya sean de propiedad pública o privada.
  2. Cobertura de gastos adicionales:
    • Daños materiales: Se incluyen los daños físicos en las propiedades aseguradas.
    • Daños inmateriales: El CCS también cubre pérdidas económicas derivadas de los daños materiales, como la pérdida de alquileres si el inmueble no es habitable, los gastos de alojamiento en caso de que el propietario deba abandonar su vivienda y la pérdida de ingresos en negocios que han quedado paralizados.

Requisitos para recibir la indemnización

Para ser elegible, los damnificados deben cumplir dos requisitos básicos:

  • Seguro en vigor: Es fundamental que el seguro del bien afectado estuviera activo al momento de las inundaciones.
  • Capital y cobertura: La indemnización se calculará conforme a los valores asegurados y las condiciones de cada póliza.

¿Cómo presentar tu solicitud de indemnización?

El CCS facilita varias vías para solicitar la indemnización:

  • Por teléfono: Los afectados pueden llamar al número gratuito del CCS, 900 222 665, y facilitar los datos necesarios para registrar su solicitud.
  • En la web: Otra opción es hacer la solicitud en línea, en www.consorseguros.es. Una vez completados los datos, el sistema genera un número de referencia para el expediente. Posteriormente, un perito asignado por el Consorcio se pondrá en contacto con el solicitante para coordinar una visita de inspección y valorar los daños.

Para agilizar el proceso, desde Línea Directa se recomienda tomar fotografías de los daños en la vivienda o el vehículo y conservar los restos de los bienes dañados, si es posible. Además, es importante guardar las facturas de reparaciones urgentes realizadas.

¿Cuándo puedo presentar la reclamación?

Aunque en general el plazo es de 7 días a partir del momento del daño, el CCS ha aclarado que aceptará todas las solicitudes, sin importar si han pasado esos 7 días. Esta ampliación busca garantizar que todos los afectados tengan tiempo para reunir la documentación y presentar su reclamación sin prisas.

Finalmente, el CCS recuerda que no es necesario acudir a ninguna oficina física. Tanto la vía telefónica como la web son los medios más rápidos y eficientes para registrar la solicitud y asegurar que se inicie el proceso de indemnización de inmediato. En un momento tan complicado para los afectados, el CCS se erige como una herramienta fundamental para ofrecer respaldo económico y tranquilidad a quienes han sufrido las devastadoras consecuencias de las recientes inundaciones.

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