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“Yogur sabor a” y no “yogur de”: el error de Eroski en los etiquetados online
El supermercado vasco emplea técnicas de marketing online para denominar los productos de su web de forma que puede generar una percepción errónea de la realidad, según los expertos
No es la primera vez que un supermercado o distribuidor comete un fallo en el etiquetado online de algún producto. A veces, para posicionar mejor los artículos y que el consumidor llegue más rápido a ellos, y otras simplemente por dar un nombre más atractivo al producto.
Es el caso reciente de Eroski, la cadena vasca de supermercados, que denomina en su web los yogures con sabor a frutas como si estos las tuvieran en sus ingredientes. Se trata de una nomenclatura errónea, según el Real Decreto 271/2014 que regula la Norma de Calidad para el yogur.
Un yogur de frutas que no lleva frutas
El producto en concreto es este yogur con sabor a frutas de la marca Eroski y que se puede comprar online en su web. El supermercado denomina este lácteo como Yogur de fresa-plátano-limón, dando a entender al consumidor que entre sus ingredientes hay frutas.
No obstante, si se revisa el etiquetado, los ingredientes de estos yogures son leche, fermentos lácticos y aromas y colorantes. No hay rastro de ninguna fruta. Según la normativa, al no contener estos ingredientes, la denominación exacta sería yogur aromatizado o con sabor a, denominación que sí aparece en el etiquetado físico del producto.
Una práctica que puede confundir al consumidor
“Es una cuestión de márketing digital. Aunque el etiquetado físico esté bien, el reclamo que utiliza en su web puede confundir al consumidor. Si le ponen ‘de frutas’ se puede pensar que tiene frutas o es más atractivo para la venta. Tiene que poner ‘sabor a’, como en el físico”, sostiene Rafael Urrialde, doctor en Ciencias Biológicas y especialista en seguridad alimentaria.
Urrialde explica a Consumidor Global que Eroski podría estar incumpliendo la normativa, ya que esos yogures no contienen los ingredientes que se dan entender en la denominación. “Es una situación comercial que se tiene que ajustar a la normativa, pero también es por lógica. Si no contiene frutas no se puede decir de, hay que decir ‘sabor a’, como otros productos que no tienen los ingredientes o no alcanzan el porcentaje necesario”, apunta el profesor.
Eroski reconoce y corrige el error
Consumidor Global ha requerido a Eroski una explicación ante este incumplimiento de normativas en la denominación de algunos de los productos de su web. Tras la consulta de esta redacción, la cadena de supermercados ha procedido a corregir el error. “La denominación no es correcta. Se trata de un error que hemos procedido a subsanar en el sistema y que en breve quedará corregido en web”, señalan fuentes de la compañía.
“En Eroski la apuesta por una alimentación ética y sostenible y el compromiso con la transparencia alimentaria es una prioridad, y muestra de ello es la implantación de manera pionera en el sector en España de etiquetados que aportan información clara y precisa a las personas consumidoras”, han añadido.
Acabar con “las frutas grandes” del packaging
En opinión del profesor Rafael Urrialde, estos errores se dan por “la falta de técnicos o profesionales alimentarios que supervisen la información antes de lanzar los productos en las webs para cumplir con la legislación europea y española”, argumenta.
Por otro lado, el profesor señala que habría que revisar los diseños de los envases con los que se comercializan estos productos. “Es algo en lo que todos deberíamos avanzar. Tienen que desaparecer las imágenes de frutas en los yogures que son saborizados. Podrían llevar el color que representa esa fruta, pero no más. Debería ser una exigencia de todas las asociaciones de consumidores”, opina.
El azúcar en los yogures
Por otro lado, este especialista en seguridad alimentaria aboga por revisar el Real Decreto 271/2014 por el que se aprueba la Norma de Calidad para el yogur e incluir una nueva categoría, ya que asegura que en pocas ocasiones se tiene en cuenta la cantidad de azúcar de los yogures aromatizados.
En el caso de los yogures de Eroski, estos contienen 11g/100g, un valor bastante elevado a juicio del profesor como para no denominarse como yogur azucarado. “Hay que modificar sí o sí el Real Decreto porque, igual que está contemplada la denominación de yogur natural y yogur natural azucarado, no lo está la de yogur aromatizado azucarado, cuando habría que indicar claramente que llevan bastante azúcar”, sostiene.
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